El acta administrativa núm. CC-2025-0479, de fecha 18 de diciembre de 2025, aprueba iniciar por comparación de precios la contratación de capacitación en cultura organizacional para el INAIPI, con presupuesto de RD$5,587,500 y procedimiento dirigido a MIPYMES. También designa tres peritos técnicos, uno legal y uno financiero, y consigna que el pago total se imputaría al ejercicio presupuestario 2026-2027.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que el monto está dentro del umbral de licitación pública nacional y, a continuación, concluye que corresponde comparación de precios. Con el umbral 2025 indicado en el expediente, RD$5,587,500 está dentro del rango de comparación de precios y por debajo del umbral de licitación pública; la modalidad elegida coincide con el rango, pero la motivación contiene una clasificación contradictoria.
“Que, el monto involucrado para el "SERVICIOS PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE CAPACITACIÓN EN CULTURA ORGANIZACIONAL INSTITUCIONAL DIRIGIDA AL PERSONAL DEL INAIPI A NIVEL NACIONAL "se encuentra dentro del umbral de licitación pública nacio”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
El acta establece que el pago total se imputaría al ejercicio 2026-2027. Corresponde verificar que la apropiación y los compromisos presupuestarios exigibles para iniciar y ejecutar la contratación cubran el monto en el período aplicable; este documento no permite concluir que falte una certificación.
“Que, asimismo, se dejó establecido que el pago total del presente proceso estará consignado en el presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2026-2027, por lo que su ejecución financiera y los compromisos derivados se realizarán con ca”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona