El Aviso de Enmienda No. 001, fechado el 15 de diciembre de 2025, modifica el pliego y el cronograma de la licitación para adquirir fundas plásticas. Hace preferible, en lugar de obligatoria, la actividad comercial de equipo de aseo; elimina la certificación INDOCAL y declara subsanables varios documentos técnicos, incluida la acreditación de experiencia. Fija la recepción de ofertas para el 29 de diciembre de 2025 y la adjudicación para el 30 de enero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el requisito de correspondencia entre la actividad comercial registrada del oferente y el objeto contratado.; Permite completar después de presentar la oferta documentos usados para comprobar compromisos de entrega y experiencia; la enmienda no suprime los requisitos sustantivos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 2: objeto del procedimientoActividad comercial de los oferentes
Los oferentes debían tener la actividad comercial Equipo de aseo.
La actividad comercial Equipo de aseo pasa a ser preferible.
RelajaQuita un control: Debilita el requisito de correspondencia entre la actividad comercial registrada del oferente y el objeto contratado.
Sección I, numeral 9.1.4: documentación técnicaCertificación INDOCAL
Se exigía certificación INDOCAL sobre cumplimiento de normas, no subsanable.
Se elimina la exigencia de la certificación INDOCAL.
RelajaQuita un control: Elimina la verificación documental independiente de que los productos cumplieran las normas indicadas.
Sección I, numerales 9.1.4 y 11.1.3: documentación y evaluación técnicaSubsanabilidad de documentos técnicos
El pliego contemplaba documentos técnicos sujetos a evaluación y varios como no subsanables.
Las cartas de compromiso de entrega y mantenimiento de oferta, el formulario de experiencia mínima de dos años y sus certificaciones de respaldo se declaran subsanables.
RelajaQuita un control: Permite completar después de presentar la oferta documentos usados para comprobar compromisos de entrega y experiencia; la enmienda no suprime los requisitos sustantivos.
Sección I, numeral 7: cronograma de actividadesFechas del procedimiento
Cronograma previo del pliego; sus fechas no aparecen transcritas en este aviso.
Recepción de ofertas hasta el 29 de diciembre de 2025; apertura técnica el 30 de diciembre; adjudicación y notificación el 30 de enero de 2026; firma prevista el 6 de febrero.
Neutral
Sección I, numeral 10.1.4, literal D: garantía de seriedadVigencia y condiciones de la garantía
Condiciones anteriores de vigencia no transcritas en este aviso.
Garantía de 1 % del monto ofertado, en pesos dominicanos, con vigencia mínima hasta el 6 de febrero de 2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona