El Aviso de Enmienda No. 001, fechado el 15 de diciembre de 2025, modifica el pliego y el cronograma de la licitación ADN-CCC-LPN-2025-0015. Elimina la certificación INDOCAL, declara subsanables varios documentos técnicos y fija la recepción de ofertas para el 29 de diciembre de 2025, la adjudicación para el 30 de enero de 2026 y la firma prevista para el 6 de febrero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Elimina la certificación que funcionaba como evidencia documental de cumplimiento de normas de calidad del producto.; Permite completar posteriormente la evidencia documental de compromisos de entrega y vigencia de la oferta.; Debilita el control documental previo a la habilitación sobre la experiencia mínima exigida, aunque conserva el requisito de dos años..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma anterior del pliego; sus fechas no se reproducen en el aviso.
Recepción de ofertas hasta el 29 de diciembre de 2025; apertura técnica el 30 de diciembre; adjudicación el 30 de enero de 2026 y firma prevista para el 6 de febrero de 2026.
Neutral
Sección I, numeral 9.1.4Certificación de calidad INDOCAL
Se exigía certificación INDOCAL sobre cumplimiento de normas; no subsanable.
Se elimina la exigencia de la certificación INDOCAL.
RelajaQuita un control: Elimina la certificación que funcionaba como evidencia documental de cumplimiento de normas de calidad del producto.
Sección I, numeral 9.1.4Compromisos de entrega y mantenimiento de oferta
El aviso no reproduce el texto previo de estos requisitos.
La carta de disponibilidad de entrega y la carta de compromiso de mantenimiento de oferta por 90 días quedan señaladas como subsanables.
RelajaQuita un control: Permite completar posteriormente la evidencia documental de compromisos de entrega y vigencia de la oferta.
Sección I, numeral 9.1.4Experiencia del oferente
El aviso no reproduce el tratamiento previo de los documentos de experiencia.
El formulario SNCC.D.049 para acreditar al menos dos años de experiencia y las certificaciones de experiencia quedan como subsanables.
RelajaQuita un control: Debilita el control documental previo a la habilitación sobre la experiencia mínima exigida, aunque conserva el requisito de dos años.
Sección I, numeral 10.1.4, literal DGarantía de seriedad de la oferta
El aviso indica que el requisito de garantía fue modificado, pero no transcribe el texto previo.
Póliza de fianza por el 1 % de la oferta, en pesos dominicanos, a favor del ADN, incondicional, irrevocable y renovable, vigente al menos hasta el 6 de febrero de 2026.
Aclara
Sección I, numeral 11.1.3Metodología y criterios de evaluación técnica
El aviso no reproduce la metodología anterior.
Evaluación técnica cumple/no cumple; la documentación indicada se considera habilitante y obligatoria para pasar a la evaluación económica. El aviso también mantiene como subsanables varios documentos enumerados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona