El 18 de noviembre de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones del MAPRE aprobó el informe justificativo y autorizó la selección directa por excepción para una consultoría sobre la reforma de la Ley núm. 87-01 y el fortalecimiento del SENASA. La resolución fija un presupuesto de RD$6,000,000 con impuestos incluidos, confirma disponibilidad presupuestaria comunicada el 17 de noviembre y designa a Joysie Martínez Santiago como perito para evaluar las propuestas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución sostiene que la asesoría requiere un profesional residente en Estados Unidos y la vincula con el Gobierno Federal de ese país. Esa condición territorial puede restringir quién está en condiciones de participar; el acto no explica por qué la residencia, y no la experiencia o especialización, resulta necesaria para el objeto descrito.
“Que los servicios objeto del presente procedimiento corresponden a una asesoría técnica especializada en temas vinculados con el Gobierno Federal de los Estados Unidos, cuya naturaleza requiere la participación de un profesional residente e” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El acto autoriza pagar en moneda extranjera y fija un presupuesto total en pesos de RD$6,000,000, pero esta resolución no identifica la moneda y el monto de pago ni el tipo de cambio o mecanismo para relacionarlo con el presupuesto. Es un aspecto de trazabilidad financiera que conviene contrastar con el pliego y el contrato, donde podrían constar esos datos.
“CONSIDERANDO: Que, conforme a las prácticas internacionales, los honorarios por este tipo de asesoría especializada son comúnmente cotizados y pagados en moneda extranjera, específicamente en dólares estadounidense. … CONSIDERANDO: Que el m” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona