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Pliego

Especificaciones tecnicas. LPN-5.pdf

Construcción Plaza de Vendedores Playa Teco, Distrito Municipal Maimón, Provincia Puerto Plata, Relanzamiento · Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas

Publicado el 10 dic de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIZTUR-CCC-LPN-2025-0005

Lo que dice

El documento presenta las especificaciones técnicas para reconstruir la Plaza de Vendedores Playa Teco, en Maimón, Puerto Plata, incluyendo intervenciones viales, módulos de venta, instalaciones y mobiliario. No indica número de acta ni fecha propia; sus especificaciones contienen diferencias sobre la cantidad de módulos tipo B y el sistema de cubierta, además de cláusulas que dejan algunas exigencias y la recepción sujetas al criterio de la supervisión.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

La cubierta se describe con dos sistemas distintos

Documento del 10 dic 2025 · hace 10 meses

En un pasaje se pide aluzinc natural acanalado calibre 26 sobre correas de madera; en otro se define una cubierta térmica tipo sándwich con núcleo de poliestireno expandido. Son soluciones diferentes en composición y probablemente en costo y desempeño, por lo que corresponde aclarar cuál es la prestación exigida.

“Cubierta en Aluzinc natural acanalado calibre 26 soportado por correas 2"x 6" de pino tratado grado marino separadas a 0.40 m, según planos. Incluye tornillos galvanizados con juntas de neopreno cada 0.60 m en correas de madera y Aluzinc, y”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

La cantidad de módulos tipo B difiere dentro de las especificaciones

Documento del 10 dic 2025 · hace 10 meses

La descripción general señala cinco módulos tipo B, mientras que el detalle de hormigón armado especifica tres. La diferencia puede alterar cantidades, costos y alcance comparables entre ofertas; conviene verificar cuál cifra rige junto con los planos y el listado de partidas.

“módulos de venta tipo B (Sunds)”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

Alcance y recepción con margen amplio de criterio supervisor

Documento del 10 dic 2025 · hace 10 meses

La especificación incluye actividades o elementos adicionales que la supervisión considere necesarios y deja la recepción final sujeta a sus criterios, sin delimitar aquí parámetros verificables para esas decisiones. Al repetirse esta fórmula, puede generar incertidumbre sobre el alcance que deben costear los oferentes y las condiciones de aceptación; conviene verificar cómo se acota en el contrato y demás documentos del proceso.

“El valor de este ítem Incluye todos los procesos anteriormente descritos en el alcance, herramientas, equipos suministro y cualquier otra actividad o elemento exigidos por el Supervisor que a su criterio sean necesarios para ejecutar debida”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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