La Circular núm. 01, de fecha 9 de diciembre de 2025, responde consultas de los interesados en la licitación EDESUR-CCC-LPN-2025-0054. Acepta soportes técnicos en español o inglés, confirma que la adjudicación será por ítems y aclara requisitos técnicos; además, anuncia enmiendas a fichas técnicas de los ítems 2, 10 y 12, sin especificar aquí su contenido final.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la verificación de conformidad con el conjunto de normas exigidas; mantiene la exigencia de cubrir los parámetros técnicos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
GC LAB alega que el presupuesto sería insuficiente frente a las prestaciones técnicas y la garantía solicitadas, e indica que algunos equipos podrían costar más que lo presupuestado. El Comité responde que los montos se basan en un estudio previo; la circular no aporta datos comparativos que permitan evaluar la alegación, por lo que corresponde contrastarla con el estudio y el mercado, sin tenerla por comprobada.
“Están pidiendo equipos automáticos de alta gama con prestaciones muy específicas y tres años de garantía y el presupuesto no cubre en muchos casos ni el 10% de lo que estos equipos cuestan.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
GC LABSe identifica como interesada en participar y plantea consultas sobre presupuesto y especificaciones; la circular no registra una oferta presentada.
Mencionado
—
—
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Soportes técnicosIdioma de certificaciones, manuales, ensayos y catálogos
La consulta solicita autorización para presentar los soportes en inglés; la circular no reproduce el requisito previo del pliego.
Se aceptan soportes en español o inglés; solo deberán traducirse al español si están en otro idioma. Se anuncia su incorporación mediante enmienda al pliego.
Relaja
Fichas técnicas, ítems 9 y 1Normas de fabricación y ensayo
La consulta pregunta si era necesario cumplir todas las normas enumeradas en las fichas.
La circular indica que es aceptable cumplir una de las normas requeridas, siempre que también se cubran los parámetros técnicos de la ficha.
RelajaQuita un control: Reduce la verificación de conformidad con el conjunto de normas exigidas; mantiene la exigencia de cubrir los parámetros técnicos.
Ficha técnica, ítem 8 (SAP 1014043)Tipo y uso del equipo
Según la consulta, la ficha no precisaba si el equipo debía ser portátil o instalarse en el transformador.
Se aclara que debe ser portátil y apto para laboratorio o taller, con facilidad de movimiento y manipulación.
Aclara
Ficha técnica, ítem 12 (SAP 1013961)Tipo y uso del equipo
Según la consulta, la ficha no precisaba si el equipo debía ser portátil o instalarse en el transformador.
Se aclara que debe ser portátil y apto para laboratorio o taller, con facilidad de movimiento y manipulación.
Aclara
Modalidad de adjudicaciónAdjudicación por ítems o total
La persona consultante señala que el pliego no lo especificaba claramente.
La circular confirma adjudicación parcial, por ítems, a la oferta de mejor condición económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona