La Enmienda I, fechada el 5 de diciembre de 2025 para el proceso ASDN-CCC-CP-2025-0029, modifica el plazo de vigencia de la garantía de seriedad, la documentación financiera exigida y las reglas para justificar una oferta temeraria. También elimina la atribución discrecional del desempate al Comité y establece el sorteo cuando ninguna oferta reúna los criterios de preferencia. El presupuesto base citado es RD$12,876,375.10.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la verificación cuantificada de liquidez: ya no se exige acreditar disponibilidad bancaria equivalente al 25% de la oferta ni se indica un umbral mínimo para la nueva referencia..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda incorpora una referencia bancaria como requisito financiero. El portal registra como última enmienda el 8 de diciembre y mantiene el cierre de ofertas el 10 de diciembre de 2025; conviene verificar la fecha efectiva de publicación y si se concedió tiempo proporcional para incorporar el nuevo requisito.
“5) Referencia bancaria de disponibilidad en cuentas de ahorro o corriente, donde se establezca vigencia.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Según los datos del portal proporcionados, Suply Magnate Cedano, SRL aparece como única oferta registrada, por RD$0 y en estado «Cargada / Pendiente», mientras el proceso figura adjudicado y celebrado. El registro podría estar incompleto o desactualizado; se recomienda contrastarlo con las ofertas y actas publicadas, sin inferir que esa empresa fue la única participante o adjudicataria.
“Referencia: ASDN-CCC-CP-2025-0029, correspondiente a la Contratación De Limpieza De Cañadas En Diferentes Partes Del Municipio Santo Domingo Norte, Dirigido Exclusivamente Al Municipio Santo Domingo Norte”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Garantía de seriedad de la ofertaFecha de vencimiento de la garantía
La garantía debía estar vigente hasta el 08/02/2026.
La garantía debe estar vigente hasta el 13/03/2026.
Endurece
Documentación financieraAcreditación de solvencia y disponibilidad bancaria
Se exigía certificación bancaria de solvencia económica que indicara que el oferente tenía disponible el 25% del monto de su oferta; se calificaba como no subsanable.
Se elimina esa certificación con monto mínimo y se añade una referencia bancaria sobre disponibilidad en cuentas de ahorro o corriente, sin indicar un porcentaje o importe mínimo.
RelajaQuita un control: Se debilita la verificación cuantificada de liquidez: ya no se exige acreditar disponibilidad bancaria equivalente al 25% de la oferta ni se indica un umbral mínimo para la nueva referencia.
Ofertas no sustentables o temerariasSolicitud de justificación del precio bajo
Se fijaba un porcentaje del 10% para descalificar una oferta por considerarse no sustentable o temeraria.
Se mantiene el 10% y se añade que al oferente se le pedirá una justificación que sustente su oferta.
Aclara
Desempate de ofertasMétodo para resolver empates
La selección del ganador quedaba bajo criterio del Comité; si no se cumplían criterios de preferencia, se contemplaba un sorteo público.
Se elimina la referencia al criterio del Comité y se dispone el sorteo público si ninguna oferta cumple alguno de los criterios de preferencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona