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Pliego

PLIEGO.pdf

CONTRATACIÓN DE LIMPIEZA DE CAÑADAS EN DIFERENTES PARTES DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO NORTE, DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE AL MUNICIPIO SANTO DOMINGO NORTE. · Ayuntamiento Santo Domingo Norte

Publicado el 1 dic de 202542 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDN-CCC-CP-2025-0029

Lo que dice

El pliego del proceso ASDN-CCC-CP-2025-0029 convoca una comparación de precios para limpieza de cañadas y acondicionamiento de calles en Santo Domingo Norte, con presupuesto base de RD$12,876,375.10. Publicado el 1 de diciembre de 2025, fija la recepción de ofertas para el 10 de diciembre y prevé adjudicar por menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos técnicos y económicos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$3.2 millones

Exigencia de acreditar fondos equivalentes al 25% de la oferta

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige una certificación bancaria que acredite fondos disponibles o depositados por el 25% del valor total de la oferta y la declara no subsanable. Aplicado al presupuesto base, representa aproximadamente RD$3,219,093.78; es un umbral de liquidez que puede limitar la participación y cuya proporcionalidad respecto del objeto no se explica en el pliego.

“Certificación de solvencia económica, de un banco comercial de la república dominicana, que indique que el oferente posee el veinte cinco por ciento (25 %) disponible de la oferta presentada. (no subsanable) … Certificación bancaria que acr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazos contradictorios para acreditar experiencia similar

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

Una sección limita la experiencia como contratista a obras similares de los últimos cinco años, mientras que la matriz de evaluación la refiere a los últimos diez. La discrepancia deja incierto el período que se aplicará para habilitar oferentes y puede afectar la igualdad de evaluación.

“Formulario de experiencia como contratista (SNCC.D.049) mediante certificaciones emitidas por la entidad contratante o copia de contratos registrados, en obras similares en los últimos cinco 05 años, debe incluir el monto de los proyectos. ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Desempate atribuido inicialmente a la discreción del comité

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego deja la decisión del ganador en un empate al criterio del comité y solo prevé el sorteo si ninguna oferta cumple criterios de preferencia. El reglamento establece criterios de desempate y dispone selección al azar cuando no haya ofertas que presenten esas propuestas o el pliego no indique un criterio; la discreción consignada puede afectar el resultado si se produce un empate.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, la decisión del oferente ganador quedara bajo criterio de comité de compras de la alcaldía de Santo Domingo Norte. Si ninguna de las ofertas cumple con alguno de los criterios de pref”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

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Otros documentos del proceso (15)

  • FORMULARIO INFORMACION SOBRE EL OFERENTE 042.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • FORMULARIO PRESENTACION DE OFERTA 034.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • FORMULARIO PRESENTACION OFERTA ECONOMICA 033.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • COMPROMISO ETICO.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfPliego · 1 dic de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 1 dic de 2025
  • FONDOS.pdfCertificación de fondos · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • PLIEGO.pdfPliego · 1 dic de 2025 · 3 señales
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfInforme pericial · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • PLIEGO.pdfPliego · 1 dic de 2025 · 3 señales
  • MODELO DE CONTRATO.docxContrato · 1 dic de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • REQUISICION.pdfSolicitud de compra · 1 dic de 2025 · 2 señales
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