ADQUISICION DE ALIMENTOS, ENSERES DEL HOGAR Y ELECTRODOMESTICOS PARA SER DONADOS A FAMILIAS DE ESCASOS RECURSOS A NIVEL NACIONAL · Comedores Económicos (Inactiva)
La Circular Aclaratoria No. 2, fechada el 17 de noviembre de 2025, responde dos consultas del proceso: indica que los oferentes deben acogerse al pliego respecto de la garantía de seriedad y precisa un criterio para adjudicaciones parciales por ítem. Permite adjudicar el ítem a oferentes cuyas ofertas no superen en más de 10 % el menor precio ofertado, distribuir cantidades proporcionalmente a los precios y adjudicar varios ítems a una misma empresa.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| 12.3 Criterio de adjudicaciónCriterio para adjudicación parcial y distribución de cantidades por ítem | El pliego permitía adjudicación total o parcial por ítem, sin precisar en la consulta el criterio de distribución. | Se podrán adjudicar ofertas que no superen en más de 10 % el menor precio ofertado por ítem, con cantidades distribuidas proporcionalmente a los precios ofertados. | Endurece |
| Limitación de adjudicación por empresaAdjudicación de varios ítems a un mismo oferente | La consulta preguntaba si habría un límite de adjudicación por oferente. | La circular responde que un oferente podrá ser adjudicado en varios ítems. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona