El pliego establece las reglas del procedimiento de urgencia COMEDORES ECONÓMICOS-MAE-PEUR-2025-0001 para adquirir alimentos, enseres del hogar y electrodomésticos, con un valor referencial de RD$909,710,000. La convocatoria se publicó el 07/11/2025 y fijó la recepción de ofertas y muestras para el 20/11/2025; prevé adjudicación por ítem, total o parcial, y entregas del 50% los días 15 y 20 de diciembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma deja 13 días calendario entre la convocatoria y la recepción de ofertas, para un proceso de RD$909,710,000 con 23 ítems; además, exige muestras para cada ítem en que se participe. La urgencia puede justificar plazos menores, pero el reglamento exige que sean razonables y proporcionales, por lo que corresponde revisar si este lapso permitió competencia efectiva.
“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 07/11/2025 16:30 … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) y de las muestras 20/11/2025 12:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
El cronograma prevé notificar la adjudicación el 09/12/2025 a las 12:00 y fijar el vencimiento para constituir la garantía el 10/12/2025 a las 12:00: un día, frente al plazo de cinco días hábiles previsto en el reglamento. Revisar si se reconoció al adjudicatario el plazo reglamentario antes de cualquier consecuencia por falta de garantía.
“16. Notificación de adjudicación (artículo 134 Reglamento núm. 416-23) 09/12/2025 12:00 17. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato 10/12/2025 12:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
El pliego establece el azar como método para resolver empates, aunque el artículo 131 prevé criterios de desempate específicos y contempla el azar si no hay ofertas con esos criterios o si el pliego no fija uno. La redacción también alude a un criterio cuya constancia debería figurar en la oferta, lo que puede generar incertidumbre sobre el método aplicable.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que [al azar en presencia de notario público y de los interesados], para confirmar el cumplimiento con el criterio deberá existir constancia inequívoca”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona