Justificación técnica fechada después de la convocatoria
· hace 11 meses
El informe se fecha el 11 de noviembre, mientras que el portal registra la convocatoria el 8 de octubre y el cierre de ofertas el 21 de noviembre de 2025. Esto amerita verificar cuándo se elaboraron los estudios previos que sustentaron el procedimiento; la fecha de este informe, por sí sola, no demuestra que no existieran estudios anteriores.
“Santo Domingo, D.N. 11 de noviembre del 2025 Informe Técnico Justificación para la renovación de licencias de servicios de ciberseguridad El presente documento tiene como objetivo primordial sustentar el carácter crítico e inaplazable de la” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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