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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO.pdf

CONTRATACIÓN DE LA OFICINA DE ABOGADO EXTERNA PORA SERVICIOS DE ASISTENCIA Y MANDATO PARA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE EDEESTE. (POR 1 AÑO) · Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A.

Publicado el 4 nov de 2025Fechado el 3 nov de 202515 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDEESTE-CCC-PEOR-2025-0004

Lo que dice

El pliego, fechado el 4 de noviembre de 2025, solicita propuestas a Lexlinkers, S.R.L. y Alcántara Abreu & Asociados, SRL para servicios de representación legal por un año, mediante excepción de selección directa. Estima un total de RD$9,563,900, con recepción de propuestas hasta el 12 de noviembre de 2025; este documento no adjudica el proceso.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$9.6 millones

El pliego asigna proveedores y montos antes de recibir propuestas

Documento del 4 nov 2025 · hace 11 meses

El documento distribuye los ítems entre las dos oficinas por nombre y consigna montos que suman exactamente las ofertas y contratos registrados en el portal: RD$6,731,900 para Lexlinkers y RD$2,832,000 para Alcántara Abreu & Asociados. Conviene verificar cómo se fijaron esas asignaciones y precios antes de la recepción de propuestas y cómo se compararon las ofertas.

“1,421,900.00 ... LEXUNKERS SRL ... 5,310,000 00 ... LEXLJNKERS SRL”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Descalificación por no refutar indicios en tres días hábiles

Documento del 4 nov 2025 · hace 11 meses

Para indicios detectados en la debida diligencia, el pliego concede tres días hábiles para presentar argumentos y evidencias y prevé la descalificación si el oferente no demuestra que los indicios son inexactos. El plazo y el estándar de respuesta merecen revisión por su efecto sobre la habilitación, especialmente al no especificarse en este apartado cómo se ponderará la evidencia aportada.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. ... Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo es”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

A revisarHallazgo en documentos

El criterio de adjudicación no define cómo pondera precio y técnica

Documento del 4 nov 2025 · hace 11 meses

Aunque se prevé evaluar el equilibrio entre cumplimiento técnico y precio, no se describen pesos ni una regla concreta de comparación; la evaluación económica se limita a verificar formalidades. Esto dificulta conocer de antemano cómo se determinaría la propuesta más conveniente entre las ofertas solicitadas.

“El Comité de Compras y Contrataciones evaluará las Ofertas, bajo la motivación de equilibrio eficiente entre cumplimiento técnico y precio ofertado conforme a lo establecido en la presente propuesta, dando cumplimiento a los principios de t”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Impugnaciones: plazo contado desde la convocatoria

Documento del 4 nov 2025 · hace 11 meses

El pliego fija para los interesados un plazo de diez días hábiles desde la convocatoria. La Ley y el Reglamento vinculan el plazo de impugnación al hecho impugnado o a su notificación/conocimiento, por lo que la regla del pliego podría acortar el plazo frente a decisiones o hechos posteriores a la convocatoria.

“El plazo para los(as) interesados(as) impugnar el proceso es de 10 días hábiles a partir de la convocatoria del procedimiento en el SECP;”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 67

ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…

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Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación

Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…

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ContextoHallazgo en documentos

Garantía de fiel cumplimiento por dos años para contrato de un año

Documento del 4 nov 2025 · hace 11 meses

El pliego establece una vigencia de dos años para la garantía, aunque describe el contrato y el servicio como de un año. La diferencia puede imponer una carga adicional a los oferentes y conviene aclarar cómo se relaciona con la vigencia contractual y la liquidación.

“La vigencia para la emisión de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato es por Dos (02) años para la Representación Legal, contado a partir de la notificación de adjudicación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Lexlinkers, SRLEl pliego la identifica como destinataria de la solicitud y le asigna los ítems 1 y 2.MencionadoÍtems 1 y 2RD$6,731,900
Alcántara Abreu & Asociados, SRLEl pliego la identifica como destinataria de la solicitud y le asigna los ítems 3 y 4.MencionadoÍtems 3 y 4RD$2,832,000

Otros documentos del proceso (23)

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  • Compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 7 oct de 2025
  • Declaracion Jurada Simple.docxDocumento · 7 oct de 2025
  • RECIBIDO DEL Codigo de Conducta y Etica de Ede Este.pdfDocumento · 7 oct de 2025
  • SNCC_F033_Oferta_Economica.docxDocumento · 7 oct de 2025
  • SNCC_F034_Presentación_de_Oferta.docxDocumento · 7 oct de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 7 oct de 2025
  • Borrador de Contrato.docxContrato · 28 oct de 2025
  • ACTO DE INICIO.pdfInforme pericial · 4 nov de 2025 · 2 señales
  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 4 nov de 2025 · 1 señal
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa

Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…

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