Fundamento reglamentario citado no corresponde al servicio legal
· hace 11 meses
El memo invoca el artículo 50, numeral 2, del Reglamento 416-23, que contempla obras científicas, técnicas o artísticas y restauración de monumentos. Para servicios de representación legal, el reglamento incluye una previsión específica en el artículo 58, numeral 4; la discrepancia en el fundamento de la excepción merece revisión.
“a favor de la empresa LEXLINKERS, S.R.L. por un monto correspondiente a CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,310,000.00) con impuestos incluidos, en virtud de los establecido en el Artículo 50 numeral 2, de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 58 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos
Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…
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