Publicado el 3 nov de 2025Fechado el 30 oct de 202528 páginasEn el mensaje «ACTO ADMINISTRATIVO E INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN TÉCNICA DEL PROCEDIMIENTO DIE-CCC-CP-2025-0015»
El acto administrativo ADIE-ADIF-019-2025, fechado el 31 de octubre de 2025, conoce y aprueba el informe técnico final del proceso DIE-CCC-CP-2025-0015. Declara habilitados a 11 oferentes para la apertura de ofertas económicas en los seis lotes, con un máximo de dos lotes adjudicables por oferente, y no habilitados a los demás participantes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe afirma que no identificó indicios de vulneración o prácticas anticompetitivas. Sin embargo, los cruces de datos del proceso registran oferentes competidores que comparten teléfono o correo y una persona de contacto; esto no demuestra coordinación, pero amerita contrastar la conclusión con las verificaciones realizadas.
“Habiendo realizado el proceso de debida diligencia en este procedimiento de compras, la Comisión de peritos actuantes, no ha identificado ningún indicio de vulneración a las normativas o prácticas anticompetitivas en el presente procedimien”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
INVERSIONES JCPIM, SRLNo subsanó correctamente el formulario de personal de plantilla y su cronograma esquemático no cumplió los requisitos no subsanables.
GUZMÁN RODRÍGUEZ & ASOCIADOS, SRLNo subsanó correctamente la declaración de inicio simultáneo ni la tabla de rendimientos; el cronograma no cumplió los requisitos no subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
CONSTRUCTORA PERMESA, SRLNo cumplió los índices de solvencia y endeudamiento y presentó incumplimientos técnicos no subsanables.
No habilitado
Lotes 1-6
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CONSTRUCTORA ALUMINUM, SRLNo subsanó la certificación fiscal; el documento consigna obligaciones tributarias morosas, además de incumplimientos técnicos.
No habilitado
Lotes 1-6
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ECO WORLD CONSTRUCTION, SRLDocumentación incompleta del personal y cronograma no conforme con los requisitos no subsanables.
No habilitado
Lote 6
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CONSTRUCTORA REMPART, SRLHabilitado para la apertura económica en los seis lotes; máximo de dos adjudicables.
Habilitado
Lotes 1-6
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MADELINE SALDIVAR CEBALLOSHabilitada para la apertura económica en los seis lotes; máximo de dos adjudicables.
SEAMOUNT HOLDINGS, SRLNo cumplió los requisitos financieros y técnicos; el informe preliminar consignó obligaciones fiscales morosas y faltantes documentales.
No habilitado
Lotes 1-6
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MULTISERVICIOS FERNOLES, SRLNo presentó certificaciones requeridas del gerente de proyecto, ingeniero residente e ingeniero eléctrico y tuvo incumplimientos técnicos.
No habilitado
Lotes 1-6
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ADIVIG, SRLEl resultado definitivo consigna incumplimientos no subsanables.