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Pliego

BASE DE LA CONTRATACION PLIEGO DE CONDICION.pdf

Reposición de Redes de Distribución de Agua Potable en el Municipio de Bonao Provincia Monseñor Nouel · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Monseñor Nouel

Publicado el 30 oct de 2025Fechado el 26 oct de 202567 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAMON-CCC-CP-2025-0003

Lo que dice

El pliego, fechado el 27 de octubre de 2025, fija las reglas de la comparación de precios CORAMON-CCC-CP-2025-0003 para reponer redes de agua potable en Bonao, dividida en dos lotes. Establece recepción de ofertas para el 7 de noviembre de 2025, ejecución de la obra en un año, anticipo del 20%, evaluación técnica y económica ponderada en 70% y 30%, y un mínimo de 60 puntos técnicos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

Se excluye a empresas con contratos activos en CORAMON

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego impide participar a cualquier empresa que tenga una obra o contrato activo con CORAMON, sin expresar una evaluación individual de capacidad o carga de trabajo. La restricción puede excluir oferentes por una condición que no se vincula de forma explícita con su capacidad para ejecutar esta obra.

“Empresas con contrato u obra activa en la institución no podan ser parte de esta Comparación de Precios.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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El rango obligatorio de precios descarta ofertas más de 10% inferiores

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

Se dispone que cualquier oferta fuera de un margen de ±10% del presupuesto base será desestimada o se auto descalifica. La regla también excluye ofertas más de 10% por debajo del presupuesto sin describir una evaluación individual de su sustentabilidad, lo que puede limitar la competencia por precio.

“La entidad contratante desestimará cualquier oferta que establezca un margen mayor o menor al diez (10) por ciento del presupuesto base suministrado por la entidad contratante. El Oferente/Proponente que cotice el precio global de la Obra, ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Formalidades de presentación declaradas no subsanables

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego exige original y dos copias, firmadas en todas las páginas y con sello social, y declara ese requisito no subsanable. La exclusión por faltas formales de presentación merece revisión frente a la regla de permitir subsanar omisiones formales que no alteren la sustancia de la oferta.

“El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía (NO Subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Se prevén retenciones y un cargo adicional de supervisión

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

Además de retener 5% de cada pago, el pliego dispone retener otro 5% del costo de la obra para personal técnico de inspección y supervisión. Conviene verificar en el presupuesto y contrato cómo se calculan y aplican ambos conceptos para determinar su efecto económico total sobre cada oferta.

“La Entidad Contratante podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista… La Entidad Contratante retendrá, además, un cinco po”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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La garantía del anticipo tiene dos montos incompatibles

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego exige en una cláusula una fianza equivalente al anticipo recibido, pero en otra fija la fianza de buen uso en 4% del contrato. Para un anticipo de 20%, este último monto cubriría solo una quinta parte del avance y dejaría sin cobertura el resto.

“Los proponentes que resulten adjudicatarios de las Obras deberán presentar una Contrato de fianza de anticipo equivalente al monto que reciban en calidad de anticipo de las obras, el cual será igual o menor al veinte por ciento (20%) del mo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 204 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo

Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige experiencia específica en tanques para una obra de redes

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

Para una obra de reposición de redes de distribución, el pliego requiere demostrar que el oferente construyó, instaló o rehabilitó tanques de almacenamiento de agua como contratista principal. La relación de ese antecedente con el objeto y su proporcionalidad merecen revisión, pues puede reducir el universo de participantes.

“Certificación o demostración explícita mediante avales de haber construido, instalado o rehabilitado tanques de almacenamiento de agua, dicha documentación, avales y certificaciones (y todas las presentadas en este proceso) deben identifica”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Volumetrías idénticas consignadas para los dos lotes

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

Las tablas de los lotes sur y norte reproducen las mismas cantidades en partidas relevantes, incluida la excavación y la disposición final de tuberías. Aunque las zonas son distintas, conviene verificar que las cantidades duplicadas correspondan a mediciones independientes y no a una repetición de la misma volumetría.

“2.01 Exc. No clasificada, (Con equipo) 2,696.40 M3N … 2.01 Exc. No clasificada, (Con equipo) 2,696.40 M3N”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

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ContextoHallazgo en documentos

Las cláusulas ambiguas se interpretan a favor de la entidad

Documento del 30 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego establece que la propia entidad contratante determinará cómo interpretar cláusulas imprecisas, ambiguas, contradictorias u oscuras y que lo hará en el sentido más favorable a ella. La regla puede generar incertidumbre sobre la aplicación uniforme de las condiciones entre participantes.

“Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Entidad Contratante, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Otros documentos del proceso (35)

  • Acta de Aprobacion de la Modalidad de Cotratacion y Selecciòn de Peritos.pdfInforme pericial · 29 oct de 2025 · 1 señal
  • Acto de Aprobacion de las Bases de la Cotrataciòn.pdfPliego · 29 oct de 2025
  • Invitacion.pdfDocumento · 29 oct de 2025
  • Volumetrìa Lote 1.xlsxDocumento · 29 oct de 2025
  • Volumetrìa Lote 2.xlsxDocumento · 29 oct de 2025
  • SNCC_C026_Contrato_Ejecucion_de_Obras (2) (1).docxContrato · 29 oct de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC (1).docxDocumento · 29 oct de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 29 oct de 2025
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 29 oct de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (3).docxDocumento · 29 oct de 2025
  • Solicitd de Compras.pdfSolicitud de compra · 29 oct de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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Ficha Tecnica.pdf
Pliego · 30 oct de 2025
  • Enmienda.pdfEnmienda · 5 nov de 2025
  • Planos.pdfDocumento · 5 nov de 2025
  • SNCC_C026_Contrato_Ejecucion_de_Obras (2) (1).docxContrato · 5 nov de 2025
  • Enmienda.pdfEnmienda · 5 nov de 2025 · 4 señales
  • Planos.pdfEnmienda · 5 nov de 2025 · 1 señal
  • SNCC_C026_Contrato_Ejecucion_de_Obras (2) (1).docxEnmienda · 5 nov de 2025
  • Informe de Evaluacion Subsanable.pdfInforme de evaluación · 13 nov de 2025 · 2 señales
  • Acto Autentico Sobre (A).pdfDocumento · 13 nov de 2025
  • Informe Definitivo Evaluacion de Habilitados.pdfInforme de evaluación · 18 nov de 2025 · 3 señales
  • Acto de Solicitud Formal de Reconsideración al Informe de Evaluación de Ofertas Económica Sobre B.pdfReconsideración · 8 dic de 2025 · 1 señal
  • INFORME DE REPUESTA DE RECONSIDERACION A CONSORCIO CNSTRUCTORA RIALZA AW.pdfReconsideración · 10 dic de 2025 · 4 señales
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 10 dic de 2025 · 3 señales
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de aprobación del informe de Evaluación de Oferta Económicas y Recomendación de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de aprobación del informe de Evaluación de Oferta Económicas y Recomendación de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acto Autentico Sobre B.pdfDocumento · —
  • Acto Autentico Sobre B.pdfDocumento · —
  • Contracto de Trixolar.pdfDocumento · —
  • Contrato de Construtora Riarza AW.pdfContrato · —
  • INFORME DE EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONOMICA ¨SOBRE B¨.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONOMICA ¨SOBRE B¨.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —