Publicado el 30 oct de 2025Fechado el 27 oct de 20257 páginasEn el mensaje «RE: RE: RE: Solicitud de prórroga para la recepción de ofertas – Licitación SNS-CCC-LPN-2025-0023.»
La Enmienda No. 2 del proceso SNS-CCC-LPN-2025-0023, emitida el 28 de octubre de 2025, modifica el plazo de entrega, el cronograma, la vigencia de las ofertas y parte de la documentación técnica exigida. Fija hasta 25 días calendario para entregar los bienes desde la suscripción del contrato, mantiene la recepción de ofertas para el 11 de noviembre de 2025 y señala como fecha de firma contractual el 13 de febrero de 2026. También exige, entre otros documentos, certificados de al menos dos técnicos capacitados por el fabricante y prueba de disponibilidad de un almacén o nave, requisitos que el texto califica como subsanables.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Esta enmienda extiende la vigencia de las ofertas hasta el 13/02/2026. En la Enmienda No. 1 se había fijado la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 29/01/2026, por lo que queda un intervalo de 15 días en que la oferta seguiría vigente sin que esa garantía cubra hasta la fecha prevista de firma; conviene verificar si se actualizó la garantía.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta la fecha de suscripción del contrato indicada en el cronograma de actividades, es decir hasta el viernes (13) de febrero del año 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
El texto fija un máximo de 25 días calendario para la entrega y contempla instalación coordinada para los bienes que la requieren; el anexo enumera 91 tipos de equipos. Aunque la enmienda amplía el plazo previo de 15 días, conviene evaluar si el plazo restante es razonable para la diversidad y volumen de los bienes, pues puede limitar la participación de proveedores sin inventario disponible.
“El plazo para la entrega del(los) bien(es) propuesto por el proveedor debe ser de un máximo de 25 días calendario, contados a partir de la suscripción del contrato.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La enmienda exige acreditar un almacén o nave y certificados de al menos dos técnicos capacitados por el fabricante. Son controles vinculados con almacenamiento, instalación y mantenimiento, pero su aplicación a ofertas que abarcan equipos diversos merece revisión de proporcionalidad y de cómo se verifica la formación para cada equipo ofertado; los documentos se admiten como subsanables.
“Certificados que acrediten la formación de dos (2) técnicos como mínimo, capacitados por el fabricante del equipo ofertado, para adecuada instalación, inducción al personal que utilizará el equipo y mantenimiento preventivo de los mismos. S”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
7. Tiempo para la entrega de los bienesPlazo máximo de entrega e instalación
El plazo anterior consignado en el expediente era de hasta 15 días calendario.
Máximo de 25 días calendario desde la suscripción del contrato; la instalación se coordinará según el cronograma remitido por el SNS.
Relaja
8. Cronograma y 10.C. Mantenimiento de ofertaCalendario y vigencia de las ofertas
Cronograma y plazo de vigencia anteriores no reproducidos en esta enmienda.
Recepción de ofertas el 11/11/2025; adjudicación el 16/01/2026; firma prevista el 13/02/2026; ofertas vigentes hasta la firma prevista.
Aclara
14.C. Documentación técnica, numerales 5, 6, 7 y 17Experiencia y formación de técnicos; documentación del almacén
Redacción previa de estos requisitos no reproducida en la enmienda.
Exige técnicos instaladores con al menos un año de experiencia, aval de formación técnica y certificados de al menos dos técnicos capacitados por el fabricante; requiere fotos y contrato de arrendamiento o título del almacén o nave. Los documentos se califican como subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona