Publicado el 28 oct de 2025Fechado el 20 oct de 20258 páginasEn el mensaje «Informe Pericial Preeliminar, Acto de Aprobacion de Informe y Circulares de Notificacion de Subsanables»
El informe pericial preliminar, fechado el 21 de octubre de 2025, revisa las ofertas técnicas del proceso MAPRE-CCC-CP-2025-0004 y recomienda solicitar subsanaciones a Alterna Consultores y Asesores Eléctricos y a Resolución Técnica Aldaso. Deja constancia de que Grupo Eléctrico Herrera presentó documentación no subsanable que no cumplía con el pliego; las tablas anexas también registran resultados financieros preliminares de Aldaso marcados como “No Cumple”.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla anexa marca como “No Cumple” los índices de solvencia (1.052236419) y endeudamiento (0.950356766) de Resolución Técnica Aldaso, frente a los límites que el propio anexo indica. Según los resultados posteriores aportados para el proceso, Aldaso fue habilitada y adjudicada; al tratarse de una evaluación preliminar que pudo ser revisada después, corresponde reconciliar los cálculos y criterios aplicados en la evaluación definitiva.
“1. | No Cumple … 0. | No Cumple”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
La matriz de evaluación consigna que el Registro Mercantil debía evidenciar al menos cinco años de operación en el mercado. Para un servicio de mantenimiento por doce meses, es un requisito de antigüedad general que merece revisión de proporcionalidad respecto del objeto y su complejidad; el informe indica que los tres oferentes lo cumplieron, por lo que no establece por sí solo un efecto sobre el resultado.
“Copia del Registro Mercantil vigente expedido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, en el que conste que la actividad del negocio es afín al objeto del procedimiento de Subasta Inversa y en el cual se evidencie que ha oper”
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Oferentes que registra (3)
2 mencionado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Alterna Consultores y Asesores Eléctricos, S.R.L.El informe recomienda solicitar la subsanación de la nómina de accionistas y del acta de asamblea, porque esta no designa al gerente actual con potestad para firmar contratos.
Mencionado
Ítem único
RD$4,770,710
Resolución Técnica Aldaso, E.I.R.L.El informe recomienda solicitar la subsanación de la copia de la cédula del representante legal, que no fue presentada.
Mencionado
Ítem único
RD$4,543,000
Grupo Eléctrico Herrera, JAV, S.R.L.El informe deja constancia de documentación no subsanable que no cumple con los requerimientos del pliego. La evaluación financiera anexa registra índices de solvencia y endeudamiento fuera de los límites indicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…