CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA Y EQUIPOS ELÉCTRICOS POR DOCE (12) MESES · Ministerio Administrativo de la Presidencia
La Enmienda núm. 001, emitida el 10 de octubre de 2025 para el proceso MAPRE-CCC-CP-2025-0004, modifica varias reglas del pliego para el mantenimiento de los sistemas y equipos eléctricos por doce meses. Traslada la firma del compromiso de seguridad al momento de suscribir el contrato, declara subsanable la documentación legal y ajusta los criterios de evaluación económica y el índice de endeudamiento; no cambia el objeto del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Condiciones técnicas mínimas, punto 3.1(b)Firma de la plantilla de seguridad laboral | El texto anterior del literal b) no se reproduce en la enmienda. | El adjudicatario firmará la Plantilla de Normas Básicas de Seguridad para Contratistas al suscribir el contrato. | Relaja |
| Documentación legal del Sobre A, puntos 11.1.1 y 12.1.1Subsanabilidad y evaluación de documentos legales | El numeral y la metodología previos no se reproducen en la enmienda. | La documentación legal se evalúa cumple/no cumple y es subsanable si el requisito se cumplía al presentar la oferta; la lista incluye documentos de identidad, representación, accionistas y consorcios. | Relaja |
| Evaluación económica, punto 12.2Ofertas anormalmente bajas y garantía de seriedad | El texto anterior no se reproduce; otros documentos del expediente registran umbrales discordantes de 15% y 20%. | Fija como anormalmente baja la oferta inferior en más de 15% al monto estimado o valor referencial y remite al procedimiento del artículo 130; la garantía es subsanable en los términos del artículo 198, pero no su omisión. | Aclara |
| Evaluación financiera, punto 12.1.2(c)Índice de endeudamiento | La definición anterior no se reproduce; otros documentos del expediente registran discrepancias en la definición del índice. | Define el índice como pasivo total dividido entre activo total y establece que cumple si es menor que 0.90; el texto también expresa el límite como “Menor o igual que < 0.90”. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona