El Acta de Adjudicación núm. 014-2025, de 2025-10-24, adjudica una camioneta JAC Frisón T9 a Viamar, S. A. por RD$2,687,360 y una Chevrolet Colorado Z71 a Santo Domingo Motors Company, S. A. por RD$3,377,500. El total adjudicado asciende a RD$6,064,860; el portal registra un monto estimado de RD$5,644,000. El acta también consigna que se presentó una cotización, aunque identifica ofertas económicas de dos empresas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las dos adjudicaciones suman RD$6,064,860, RD$420,860 (aprox. 7.46 %) por encima del monto estimado de RD$5,644,000 registrado en el portal. Conviene cotejar la diferencia con la apropiación presupuestaria y cualquier actualización del presupuesto; la cifra, por sí sola, no acredita que faltaran fondos.
“PRIMERO: DECLARA Y ADJUDICA,_a favor de VIAMAR, S. A, identificada con el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) , una camioneta JAC frisón T9 4x4 del 2025, por un monto unitario de dos millones seiscientos ochenta y siete mil tresciento”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta afirma que se presentó una cotización, pero a continuación describe ofertas económicas de Viamar y Santo Domingo Motors. La discrepancia amerita verificar cómo se registró y evaluó la participación de ambos oferentes en el expediente.
“En este sentido, una (1) cotización de proveedor del Estado fue presentada para ser evaluada por el de Compras y Contrataciones Ayuntamiento Santo Domingo Oeste (ASDO). Acto seguido el presidente del de Compras y Contrataciones Ayuntamiento”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Viamar, S. A.Adjudicada para una camioneta JAC Frisón T9 4x4, año 2025.
Adjudicado
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RD$2,687,360
Santo Domingo Motors Company, S. A.Adjudicada para una camioneta Chevrolet Colorado Z71, año 2025; el acta también describe una Nissan Frontier S ofertada que no figura entre los bienes adjudicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona