La Enmienda II del proceso MEM-CCC-CP-2025-0031, fechada el 21 de octubre de 2025, modifica los requisitos de acreditación financiera y la experiencia exigida para las obras. Entre otros cambios, permite presentar una sola referencia comercial o bancaria y reduce de 50% a 30% del valor del lote el umbral que puede acreditarse mediante la suma de obras similares.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento está fechado el 21 de octubre y el cronograma del portal fija el cierre para el 24 de octubre de 2025. Como la enmienda cambia requisitos de experiencia y solvencia, corresponde verificar su publicación efectiva y si el plazo restante permitió ajustes proporcionales; el portal registra como última enmienda el 17 de octubre, diferencia que también podría deberse a un desfase de actualización.
“En la ciudad de Santo Domingo, a los veintiun (21) dias del mes de octubre del ano 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la exigencia de dos fuentes de referencia financiera; la comprobación de liquidez puede basarse en una sola carta.; Se reduce el monto mínimo de una obra individual y se amplía el período de antigüedad aceptable, debilitando los controles de magnitud y recencia de la experiencia..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
11.1.1, documentación financieraCantidad y tipo de referencias de liquidez
Se exigían una carta de referencia comercial y otra bancaria, cada una acreditando liquidez de al menos 10% del total de la oferta económica.
Se admite una carta comercial o bancaria, a elección y sin acumulación, acreditando liquidez de 10% para personas físicas y MIPYMES y 25% para personas jurídicas.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia de dos fuentes de referencia financiera; la comprobación de liquidez puede basarse en una sola carta.
11.1.1, experiencia general y específicaAntigüedad, recencia y monto de experiencia acreditable
Se exigían más de cinco años de experiencia, tres obras similares y al menos una obra por un valor igual o superior al 50% del monto de cada lote; las certificaciones debían corresponder a obras de los últimos tres a cinco años.
Se permiten certificaciones de obras similares de los últimos diez años y sumar varias obras para acreditar un monto igual o superior al 30% del valor del lote.
RelajaQuita un control: Se reduce el monto mínimo de una obra individual y se amplía el período de antigüedad aceptable, debilitando los controles de magnitud y recencia de la experiencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona