La Resolución MIVHED/CCC/2025/223, de 2025-10-15, aprueba la Enmienda No. 1 al pliego del proceso MIVHED-CCC-LPN-2025-0016, cuyo presupuesto estimado es RD$74,602,000.00. Entre los cambios no reiterados en las señales ya registradas, elimina la restricción de participar para empresas con contratos en ejecución con el MIVHED, la OISOE o el INVI y aumenta de 12 a 14 meses la vigencia mínima de la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina un control sobre la carga de contratos en ejecución del oferente, relevante para verificar su capacidad real de atender nuevas obras..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 2; documentación y declaración jurada de cumplimientoRestricción por contratos en ejecución con MIVHED, OISOE o INVI
Se prohibía participar a empresas o personas con contratos en ejecución con el MIVHED, la OISOE o el INVI, y se exigía declararlo bajo juramento.
Se elimina la prohibición y la declaración sobre contratos en ejecución con esas instituciones.
RelajaQuita un control: Se elimina un control sobre la carga de contratos en ejecución del oferente, relevante para verificar su capacidad real de atender nuevas obras.
Sección II, numeral 10, garantías del fiel cumplimientoVigencia mínima de la garantía de fiel cumplimiento
La vigencia mínima era de 12 meses, contados desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento y liquidación del contrato.
La vigencia mínima pasa a 14 meses, contados desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento y liquidación del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona