El Acta núm. 47/2025, de fecha 2025-10-14, adjudica al Consorcio Infraestructura Hidráulica Máster la construcción de aceras y contenes en la Circunscripción 3 por RD$36,800,000.00. El acta presenta cinco ofertas económicas habilitadas y afirma que acoge el informe que recomendó la adjudicación; aunque identifica el proceso como comparación de precios, la parte resolutiva lo denomina licitación pública nacional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La oferta del consorcio adjudicatario y la de Grupo Tanumis difieren en RD$74.22 sobre aproximadamente RD$36.8 millones (cerca de 0.0002 %). La proximidad extrema de dos propuestas en una misma competencia merece contrastar sus cotizaciones y soportes; por sí sola no demuestra coordinación ni irregularidad.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta asigna al consorcio adjudicatario el RNC, que también atribuye a Grupo Tanumis. Según los datos registrales aportados, el RNC del consorcio es [RNC] y el de Tanumis es [RNC]; el contrato registrado en el portal también identifica al consorcio con RNC. La discordancia merece revisión de la identificación y trazabilidad documental del adjudicatario, aunque el portal refleje el RNC correcto.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 33 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego citado para este proceso fija una garantía de seriedad equivalente al 1 % de la oferta. Sin embargo, el acta registra RD$460,000.00 para cuatro ofertas de montos distintos y RD$470,000.00 para la oferta de Adan Veloz; esos importes no corresponden al 1 % de los precios ofertados y merecen verificar cómo se calcularon y aplicaron las garantías.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Oferentes que registra (11)
6 no habilitado · 4 habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
MALSAN, S.R.L.El informe técnico definitivo, según el expediente, registra que no subsanó los contratos similares y que su plan de seguridad correspondía a otro proceso.
No habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
—
BYOTRANSFALTO HAC, S.R.L.El informe técnico definitivo, según el expediente, señala que el plan de seguridad era de otro proceso y que presentó camiones de 3 m³ frente a los 6 m³ exigidos.
No habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
—
OICA, S.R.L.Incluida entre los oferentes habilitados para la apertura económica; oferta económica registrada en el acta.
Habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
RD$39,338,361
MULTHIERROS & CONSTRUCCIONES, S.R.L.El informe técnico definitivo, según el expediente, señala que no incluyó el plan de calidad y que el contrato presentado no acreditó las cantidades mínimas requeridas.
No habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
—
CONSTRUCTORA BURGOS LÓPEZ, S.R.L.El informe técnico definitivo, según el expediente, señala que no subsanó un contrato similar con el monto requerido y que el contrato presentado no alcanzó las cantidades mínimas exigidas.
No habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
RD$38,491,196
TRIACORP, S.R.L.El informe técnico definitivo, según el expediente, señala que el plan de trabajo presentado no correspondía al proceso.
No habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3
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CONSORCIO COEMSAEl informe técnico definitivo, según el expediente, señala que presentó un cronograma de otro proceso y omitió información del currículo y experiencia del topógrafo y el formulario de soporte técnico, entre otros documentos.
No habilitado
Construcción de aceras y contenes, Circunscripción No. 3