El Ministerio de Agricultura presentó el 13 de octubre de 2025 un escrito de defensa ante el recurso jerárquico de Constructora Camilo Pantaleón, S. R. L., contra el Acta núm. 87-2025, en la que no fue habilitada para el Lote 9. La entidad solicita rechazar el recurso, pedir la suspensión del RPE de la empresa e instruir una investigación sobre el vínculo alegado entre su empleado Luis Francisco Camilo Pantaleón y los socios de la compañía. Estas son solicitudes del Ministerio; el documento no consigna una decisión de la DGCP que las conceda.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité pide suspender el RPE de la empresa y, a la vez, instruir una investigación para que la DGCP pueda sustentar esa suspensión. El escrito consigna solicitudes, no una suspensión ya ordenada; conviene verificar si se acreditó una prohibición legal antes de adoptar una medida que afecte el registro.
“Suspender el Registro de Proveedor del Estado (RPE) núm. 25066 de la sociedad Constructora Camilo Pantaleón, S. R. L … Tercero (3ro). Instruir el proceso a los fines de llevar a cabo una investigación respecto del señor Luis Francisco”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · Reglamento 416-23, art. 24 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
Reglamento 416-23, artículo 24 — Causal de rechazo de inscripción o actualización
Artículo 24. Causal de rechazo de inscripción o actualización. La Dirección General de Contrataciones Públicas rechazará la solicitud de inscripción y actualización en el Registro de Proveedores del Estado de cualquier persona física o jurídica contemplada dentro del régimen de incompatibilidades o prohibiciones previsto en el artículo 14 de la Ley núm. 340- 06 y sus modificaciones, salvo las indicadas en los numerales 3, 4, 5, 7 y 13, las cuales deben ser verificadas por las instituciones contratantes durante la gestión del procedimiento de contratación.
El Ministerio indica que la empresa fue descalificada del Lote 9 por el vínculo familiar alegado con un empleado que ocupa un puesto de confianza. El artículo 14 condiciona la prohibición para familiares a los grados allí previstos y, para el personal del numeral 3, a su injerencia o poder de decisión en el procedimiento; el escrito no precisa esos elementos, aunque la exclusión ya se había producido según el propio documento.
“uno de esencial fue descalificar a la sociedad Constructora Camilo Pantaleón, S. R. L. por el hecho de tener un familiar directo, el señor Luis Francisco Camilo Pantaleón, en un puesto de confianza en el Despacho del señor Ministro, Limber ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
El Ministerio relaciona una hoja de recepción de ofertas del expediente AGRICULTURA-CCC-CP-2022-0025 con la inscripción de la empresa para el proceso de 2025. Ese antecedente puede documentar una relación anterior, pero por sí solo no acredita que el empleado registrara la oferta de este procedimiento.
“Tal como se puede apreciar en la hoja de "REGISTRO DE RECEPCIÓN DE OFERTAS DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES"; expediente núm. AGRICULTURA-CCC-CP-2022-0025; casilla cuatro (4) nombre de Luis Camilo (empleado del Ministerio de Agr”
Constructora Camilo Pantaleón, S. R. L.No fue habilitada para el Lote 9, según el escrito, por el vínculo familiar alegado entre su representante o socios y un empleado del Ministerio de Agricultura.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona