Apropiación presupuestaria inferior al monto estimado
· hace 1 año
El certificado consigna RD$1,066,921.90, frente al monto estimado de RD$5,334,609.44 registrado para este proceso en el portal; la diferencia es de RD$4,267,687.54. El artículo 69 del Reglamento 416-23 exige saldo suficiente para cubrir el monto total de la contratación pagado durante el año, por lo que corresponde verificar si existía otra apropiación que completara el monto.
““Se CERTIFICA que el Presupuesto General del Estado para el año 2025, aprobado por Ley , dispone de balance de Apropiación Presupuestaria suficiente para iniciar procesos de contratación de bienes, obras y servicios por el monto indicado en”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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