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Pliego

TDR. CP-32.pdf

Remodelación de la Plaza de la Municipalidad, Municipio de Monte Plata, Provincia de Monte Plata, relanzamiento · Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas

Publicado el 23 sept de 202546 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0032

Lo que dice

El documento establece las especificaciones técnicas del proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0032, convocado en septiembre de 2025 para remodelar la Plaza de la Municipalidad de Monte Plata. Fija un presupuesto base de RD$27,500,000.00, un plazo de ejecución de diez meses y requisitos de evaluación legal, financiera y técnica bajo metodología cumple/no cumple.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$27.5 millones

Experiencia mínima acumulada igual o superior al presupuesto base

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El pliego exige al menos dos obras similares concluidas y que sus montos sumados alcancen o superen RD$27,500,000.00, además de tres años acumulados como contratista. Para una obra de este presupuesto, este umbral de experiencia puede limitar sustancialmente la participación; conviene verificar su proporcionalidad frente al alcance y la complejidad del proyecto.

“El Oferente/Proponente deberá acreditar una experiencia mínima acumulada de tres (3) años como contratista en obras similares concluidas. Deberá acreditar una experiencia en la ejecución de mínimo dos (2) obras similares concluidas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$4.1 millones

Liquidez acreditada mediante referencias comerciales y bancarias

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

Para personas jurídicas se solicitan tanto una referencia comercial como una bancaria, cada una acreditando liquidez de al menos el 15% del presupuesto base (RD$4,125,000). La exigencia conjunta de ambas referencias merece revisión para determinar si la duplicación documental y el nivel de liquidez son proporcionales al objeto y necesarios para verificar solvencia.

“Carta de Referencia Comercial, en original, debidamente firmada y sellada, con indicación de la disponibilidad económica (con fecha no mayor a 1 mes) dirigidas al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas turísticas, en la que certifique”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición por tener adjudicaciones vigentes con CEIZTUR

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El pliego impide adjudicar a oferentes que tengan adjudicaciones vigentes con la entidad al convocarse el proceso, salvo que acrediten pre-recepción de obras ya concluidas. La exclusión opera por la existencia del vínculo contractual, sin valorar en esta regla la capacidad disponible para ejecutar una nueva obra, por lo que merece revisión como restricción a la participación.

“Este procedimiento de contratación sólo podrá ser adjudicado a aquellos oferentes que al momento de la convocatoria de este procedimiento no se encuentra con adjudicaciones vigentes de contrataciones realizadas por esta entidad contratante,”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión automática por compartir profesionales

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que no se admitan ofertas de empresas que propongan los mismos profesionales para ejecutar la obra. La prohibición no distingue entre coincidencia de personal clave, disponibilidad efectiva o compromisos de exclusividad, por lo que conviene revisar si el alcance de la exclusión es necesario y proporcional.

“No serán admitidas las ofertas de oferentes con la misma composición societaria, así como tampoco aquellos que posean los mismos profesionales para la ejecución de los trabajos, por violentar el principio de participación.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Garantía bancaria exigida también a adjudicatarios MIPYME

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El pliego exige una garantía bancaria de fiel cumplimiento incluso a adjudicatarios MIPYME. El artículo 192 del Reglamento dispone que a las MIPYMES solo se les exigirá fianza de seguro; la forma prevista en el pliego puede imponerles una condición distinta de la reglamentaria.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, el equivalente será uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación y le será exigida igualmente la garantía bancaria.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…

Otros documentos del proceso (35)

  • ANEXO 19- MODELO DE REFERENCIA ANALISIS DE COSTOS.pdfDocumento · 12 oct de 2022
  • Modelo Contrato de Obra VF.docxContrato · 14 may de 2024
  • Compromiso Etico Oferentes.pdfDocumento · 16 sept de 2025
  • Formularios CP-2025-32.rarDocumento · 23 sept de 2025
  • PLANOS REMODELACION DE LA PLAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTE PLATA - SEPT 2025.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Acta inicio. CP-32.pdfPliego · 23 sept de 2025 · 1 señal
  • ADP. CP-32.pdfInforme pericial · 23 sept de 2025 · 1 señal
  • Apoderamiento peritos. CP-32.pdfInforme pericial · 23 sept de 2025
  • Apoderamiento proceso. CP-32.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • ASP. CP-32.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Autorización MAE. CP-32.pdfActa · 23 sept de 2025 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Compromiso etico. CP-32.pdf
Documento · 23 sept de 2025
  • Listado partidas. CP-32.pdfPliego · 23 sept de 2025
  • Propuesta peritos. CP-32.pdfInforme pericial · 23 sept de 2025
  • Sol. Apropiacion. CP-32.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Sol. Autorizacion. CP-32.pdfAutorización · 23 sept de 2025
  • Sol. Compras. CP-32.pdfSolicitud de compra · 23 sept de 2025
  • Sol. Propuesta. CP-32.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Acta final. CP-19.pdfActa · 23 sept de 2025 · 3 señales
  • Convocatoria gnral. CP-32.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Especificaciones tecnicas. CP-32.pdfPliego · 23 sept de 2025 · 2 señales
  • Convocatoria visita. CP-32.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Municipalidad MONTE PLATA - LISTADO DE PARTIDAS.xlsxPliego · 23 sept de 2025
  • Circular 1. CP-32.pdfCircular · 29 sept de 2025 · 1 señal
  • Circular 2. CP-32.pdfCircular · 2 oct de 2025 · 1 señal
  • Acta de adjudicación. CP-32.pdfActa de adjudicación · 3 nov de 2025 · 2 señales
  • Informe economico. CP-32.pdfActa de adjudicación · 3 nov de 2025 · 1 señal
  • Presupuesto institucional. CP-32.pdfActa de adjudicación · 3 nov de 2025
  • Acta de adjudicación. CP-32.pdfActa de adjudicación · 3 nov de 2025 · 2 señales
  • Acta Apertura B. CP-32.pdfActa · —
  • Acta de adjudicación. CP-32.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO.pdfContrato · —
  • DISPONIBILIDAD.pdfDocumento · —
  • Informe economico. CP-32.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —