El Acta A.A. No. 2025-0022, de fecha 2025-10-31, aprueba el informe económico y adjudica a Portes & Muñoz Constructora, S.R.L. la remodelación por RD$27,493,180.06, frente a un presupuesto base de RD$27,500,000.00. El acta registra a Constructora Aquamar, S.R.L. como participante no habilitada para la apertura económica y a Portes & Muñoz como el oferente habilitado y adjudicado. Un correo adjunto de una integrante del comité confirma su aprobación, pero identifica un objeto de contratación distinto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El correo adjunto de Saira Castillo confirma su aprobación del acta, pero atribuye la reunión a un procedimiento para un estudio de vulnerabilidad en el Palacio de Borgella, no a la remodelación adjudicada. Puede tratarse de un arrastre de texto, pero conviene verificar que la confirmación correspondía a esta decisión, dado que el acta consigna unanimidad.
“por lo que tengo a bien confirmarle por esta vía mi aprobación a las resoluciones levantadas mediante el Acta identificada como AA. , de fecha treinta y uno (31) de octubre del año dos mil veinticinco (2025).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta identifica dos participantes para una obra con presupuesto base de RD$27.5 millones. El dato no demuestra por sí mismo una restricción, pero merece revisarse como indicador de la competencia efectiva; el portal registra 43,511 proveedores notificados, cifra que corresponde a notificaciones y no a ofertas presentadas.
“Que los oferentes participantes fueron los siguientes: Constructora Aquamar, S.R.L. y Portes & Muñoz Constructora, S.R.L.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona