Previsión presupuestaria indicada por solo el 20% del proyecto
· hace 1 año
El acta prevé un Certificado de Apropiación Presupuestaria equivalente al 20% del presupuesto estimado de RD$27,500,000, es decir, RD$5,500,000. El artículo 69 del Reglamento 416-23 exige saldo suficiente para cubrir el monto total que se pagará durante el año; el documento no precisa cuánto se pagaría en 2025 ni cómo se distribuyen los pagos entre ejercicios, por lo que corresponde verificar la certificación y el cronograma financiero.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria correspondiente al 20% del valor total del proyecto, según los valores disponibles en el Sistema Nacional de Inversión Pública para el periodo 2025, el cual se”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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