El pliego hace opcional la presencia notarial en la apertura económica
· hace 1 año
El pliego indica que no será obligatoria la presencia del notario en la apertura económica. El artículo 126 del Reglamento 416-23 prevé que esta apertura se realice en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y del notario público, por lo que la regla del pliego reduce un control de certificación del acto.
“el acto de apertura se llevará a cabo en presencia del CCC, DAF, la UOCC y los oferentes interesados, no será obligatoria la presencia de notario.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 126 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 126 — Apertura de las ofertas económicas
Artículo 126. Apertura de las ofertas económicas. En el día y hora establecido en el pliego de condiciones se iniciará con la apertura de las ofertas económicas en presencia del Comité de Compras y Contrataciones, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo. De haber sido presentadas ofertas en soporte papel, el mismo día, hora y acto, el titular del área jurídica las presentará al Comité de Compras y Contrataciones para que se proceda con su apertura.
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