La Circular de Respuestas No. 01, de fecha 16 de septiembre de 2025, responde siete consultas sobre las ofertas: exige cotizar todas las actividades del anexo 1, aclara que no se fijan volúmenes y que se pagará por cubicaciones hasta agotar el monto del lote. También admite acreditar el requisito de crédito mediante certificaciones comerciales del sector construcción y/o líneas bancarias, y precisa cómo presentar los precios unitarios y el total por lote. El encabezado identifica un objeto distinto al proceso DIE-CCC-CP-2025-0009, que corresponde a adecuaciones y reparaciones en planteles escolares.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular indica que no se fijan volúmenes antes de la contratación y que las cantidades se determinarán durante la ejecución, aunque las ofertas deben incluir precios unitarios y su sumatoria. Conviene verificar cómo se compararon económicamente las ofertas sin cantidades previstas para ponderar esos precios; las órdenes de trabajo y el tope por lote podrían servir como controles durante la ejecución.
“En el presente proceso no se contempla el establecimiento de volúmenes específicos de partidas en la etapa de contratación, sino que el oferente debe basar su propuesta en la presentación de precios unitarios para cada una de las partidas”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El encabezado describe demolición, limpieza y bote de escombros en terrenos de Induspapel, mientras que el expediente y el portal identifican adecuaciones y reparaciones en planteles escolares de La Altagracia y La Romana. Aunque puede tratarse de un texto arrastrado de otro documento, corresponde verificar que la circular y sus respuestas se asociaran al objeto correcto del proceso.
“CONTRATACIÓN PARA DEMOLICIÓN DE ESTRUCTURAS, LIMPIEZA Y BOTE DE ESCOMBROS EN TERRENOS DE INDUSPAPEL, VILLA ALTAGRACIA, SAN CRISTÓBAL, DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A MIPYMES,”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Respuestas a las preguntas 1, 2, 3 y 7Alcance de la cotización y forma de ejecución
Las consultas planteaban dudas sobre las partidas que debían cotizarse y los volúmenes requeridos.
Se deben cotizar todas las actividades del anexo 1 con precios unitarios; los volúmenes se determinarán durante la ejecución mediante órdenes de trabajo y cubicaciones, hasta agotar el monto del lote.
Aclara
Respuesta a la pregunta 4Acreditación del requisito de crédito
La consulta pregunta si las certificaciones de créditos comerciales que alcancen el 10% hacen innecesaria una línea de crédito.
El requisito puede cubrirse con certificaciones de créditos comerciales relacionadas con construcción y/o líneas de crédito de bancos comerciales dominicanos.
Aclara
Respuesta a la pregunta 6Presentación de la oferta económica
La consulta pregunta si la propuesta económica equivale a la suma de los análisis de costos.
El formulario de oferta económica debe indicar como total el monto del lote; el anexo 1 debe incluir los precios unitarios y su sumatoria, incluidos los indirectos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona