El pliego convoca una comparación de precios dirigida exclusivamente a MIPYMES para trabajos de adecuación y reparación en planteles de La Altagracia y La Romana. Fija un presupuesto base de RD$124,000,000, distribuido en cuatro lotes de RD$31,000,000 cada uno, y establece adjudicación por menor precio, con un máximo ordinario de un lote por oferente y una excepción que permite hasta dos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego condiciona la participación a no tener más de un contrato activo con la DIE o el MINERD, no haber cedido contratos anteriores y no haber incurrido en incumplimientos contractuales con el Estado; además, deja a discreción de la DIE evaluar excepcionalmente obras paralizadas. Son filtros de elegibilidad amplios que podrían limitar la concurrencia y ameritan revisar su vinculación y proporcionalidad respecto de cada lote.
“En caso de ser contratista de obras de construcción, reparaciones o remodelaciones de la Dirección de Infraestructuras Escolares (DIE) y/o del MINERD, no deberá contar con más de un (01) contrato activo y vigente al momento de la evaluación”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Se prevé una penalidad del 10 % del trabajo no ejecutado en cada medición quincenal y otra del 1 % diario del monto pendiente de la orden por retraso, sin que estas cláusulas indiquen un límite acumulado. Además, la aplicación de la penalidad quincenal queda a discreción de la DIE; conviene verificar su método de cálculo y efecto económico por orden de trabajo.
“En caso de que el EV sea inferior al PV, se aplicará una penalidad equivalente al diez por ciento (10%) del valor del trabajo no ejecutado (PV - EV) en ese período. Esta penalidad será deducida de los pagos subsiguientes conforme a las cubi”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego permite rechazar una oferta si al menos el 15 % de sus precios unitarios queda más de un 10 % por debajo de los precios referenciales de la DIE. El artículo 130, párrafo II, del Reglamento 416-23 dispone que el pliego establezca la diferencia porcentual entre el precio de la oferta y el presupuesto base publicado; conviene verificar cómo se concilia ese parámetro agregado con la prueba basada en partidas unitarias.
“El 15% o más de la totalidad de los precios unitarios ofertados se encuentran por debajo de un porcentaje mayor al 10% de los precios unitarios referenciales de la Dirección de Infraestructuras Escolares (DIE),ver anexo 4 cuyo listado de re”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona