El Acto Administrativo DIE-ADJ-015-2025, de fecha 2025-11-05, aprobó la evaluación económica y adjudicó los cuatro lotes por RD$31,000,000.00 cada uno, para un total de RD$124,000,000.00. Los adjudicatarios fueron Portes & Muñoz Constructora, Winston González Lebrón, Literal Construcciones y Amancio R. Multiservices; el acto también recoge los resultados económicos de los demás oferentes evaluados.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe económico incorporado al acto consigna a Portes & Muñoz como habilitada para los lotes 2 y 4, pero la resolución le adjudica el lote 1. La discrepancia afecta directamente la elegibilidad por lote y el resultado de la adjudicación; conviene verificar la oferta y la rectificación aplicable.
“1. PORTES & MUÑOZ CONSTRUCTORA, SRL. | [RNC] | 2 y 4. | $31,000,000.00 … Se adjudica a la empresa PORTES & MUÑOZ CONSTRUCTORA, SRL., para el lote 1 por el monto de RD$31,000,000.00”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acto informa que procede un recurso jerárquico en diez días, sin señalar la impugnación previa ante la institución contratante. El Reglamento 416-23 dispone que la impugnación ante la entidad es la primera etapa y el recurso jerárquico procede después, por lo que el aviso podría desorientar a los interesados sobre la vía y secuencia de impugnación.
“INFORMAR que este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de 10 días, según establece el numeral 1 del artícul”
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
Oferentes que registra (24)
11 no habilitado · 9 descalificado · 4 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Portes & Muñoz Constructora, SRLAdjudicada para el lote 1 por RD$31,000,000.00; el cuadro de evaluación económica registra cumplimiento.
Adjudicado
Lote 1
RD$31,000,000
Winston González LebrónAdjudicado para el lote 2 por RD$31,000,000.00; el cuadro de evaluación económica registra cumplimiento tras responder a la solicitud de justificación de precios.
Adjudicado
Lote 2
RD$31,000,000
Constructora Rempart, SRLEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; señala omisiones y errores en varios análisis de costos.
Descalificado
—
RD$4,348,324
César José Augusto Fontana SánchezEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; observa, entre otros aspectos, omisiones y errores en análisis de costos e ITBIS aplicado a mano de obra.
Descalificado
—
RD$4,910,521
Araluz Services, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Constructora Dicon del Caribe, SRLEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; señala partidas y gastos indirectos observados.
Descalificado
—
RD$4,596,927
Multhierros & Construcciones, SRLEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; observa materiales y componentes omitidos o incorrectos en los análisis.
Descalificado
—
RD$4,911,528
Trixsolar, SRLEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; identifica observaciones en análisis de materiales y partidas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
Literal Construcciones, SRLAdjudicada para el lote 3 por RD$31,000,000.00; el cuadro de evaluación económica registra cumplimiento.
Adjudicado
Lote 3
RD$31,000,000
Inversiones Bravazul, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Construcciones FF, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Adivig, SRLEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; observa errores en análisis de costos, cantidades y mano de obra.
Descalificado
—
RD$4,349,907
Equipos Construcciones & Asfalto Tryse, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Constructora Vigando, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Proconde, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Brendy y Laimer Constructora, SRLEl cuadro de evaluación económica indica que no cumplió; señala partidas y análisis de costos observados.
Descalificado
—
RD$4,349,907
Nuespi Ingeniería, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Servicios Multiples 4KML, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
CONSTPREMIER, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
S J & T Vision Multiservices, SRLNo aparece entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el acto consigna su participación y la lista de habilitados.
No habilitado
—
—
Amancio R. Multiservices, SRLAdjudicada para el lote 4 por RD$31,000,000.00; el cuadro de evaluación económica registra cumplimiento.