Vigencia de la garantía fijada hasta la fecha de fin del contrato
· hace 1 año
La carta fija el vencimiento de la garantía el 1 de octubre de 2028, fecha que coincide con el fin previsto del contrato de tres años. El artículo 202 del Reglamento 416-23 establece que la garantía de fiel cumplimiento se mantiene vigente hasta la liquidación; conviene verificar si la cobertura se extendió hasta entonces.
“La vigencia de esta garantía debe ser equivalente del 22 de septiembre del año dos mil veinticinco (2025) hasta el día 1 de octubre del año dos mil veintiocho (2028)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
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