La Circular núm. 04, de fecha 9 de septiembre de 2025, responde consultas sobre requisitos técnicos y confirma que la presentación de ofertas estaba prevista para el 2 de septiembre de 2025, mientras que el 21 de noviembre del portal institucional correspondía a la suscripción del contrato. Precisa requisitos de certificación y ensayos, limita las protecciones requeridas para equipos CSP a baja tensión y anuncia ajustes sobre documentos técnicos y las cantidades de los ítems 6, 9 y 31 mediante enmienda.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular responde negativamente a la posibilidad de ofrecer transformadores fabricados localmente en fábricas homologadas y lo justifica indicando que se requieren equipos nuevos que cumplan la PDG. La respuesta no explica por qué el origen local sería incompatible con esos requisitos, por lo que conviene verificar su efecto sobre la igualdad de participación y la competencia.
“Repuesta: No. Ya que este proceso es para transformadores nuevos, que cumplan con todos los requerimientos de las PDG, Certificaciones, Normas de fabricación y ensayos”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Los ensayos y certificados técnicos permiten verificar el cumplimiento de las especificaciones del bien; al hacer subsanable su presentación se difiere ese control documental..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Pregunta 1 — fabricación de transformadoresAceptación de fabricación local
Se consulta si podían ofrecerse transformadores de fabricación local provenientes de fábricas homologadas por EDESUR.
La respuesta indica que no, y señala que se requieren transformadores nuevos que cumplan los requerimientos de la PDG, certificaciones, normas de fabricación y ensayos.
Endurece
Pregunta 2 — normas, certificaciones y ensayosCertificados aceptados por tipo de transformador
La consulta plantea UL, CSA, acreditación ISO/IEC 17025 o reportes de ensayos como soportes posibles.
Para transformadores convencionales exige certificado UL; para CSP admite UL o equivalente. Acepta certificados de laboratorios ISO/IEC 17025 solo con acreditación vigente y alcance pertinente; los reportes de ensayo no sustituyen certificados.
Aclara
Pregunta 3 — certificados y ensayos de transformadoresCertificación y ensayos representativos
Se consulta si un certificado UL de un modelo de 3750 kVA podía cubrir una familia de transformadores de menor capacidad.
Exige certificados UL separados para transformadores tipo poste y pedestal; los ensayos de rutina deben ser individuales. Admite ensayos tipo de mayor capacidad si el diseño coincide, bajo las condiciones indicadas para equipos de hasta 500 kVA y de 501 kVA o más.
Aclara
Pregunta 4 — artículos 2003695 y 2003698Tensión auxiliar
Se solicita aclarar el voltaje de los artículos.
La respuesta remite a la PDG y precisa que la tensión auxiliar pedida es autoalimentada, aprovechando la energía de la corriente circulante.
Aclara
Pregunta 5 — código 1004069Pararrayos del transformador convencional
La consulta pregunta si el transformador convencional debe incluir dos pararrayos.
La respuesta confirma que es convencional y que la PDG establece dos pararrayos, remitiendo al punto 6.5.
Aclara
Pregunta 6 — protecciones de transformadores CSPProtección en media y baja tensión
La consulta plantea si se requieren simultáneamente protecciones en MT y BT o si basta con protección en uno de los lados.
La respuesta establece que la protección requerida para equipos CSP es en baja tensión (BT).
Relaja
Pregunta 7 — soportes técnicosIdioma y subsanabilidad de documentos
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La consulta pide poder presentar documentación técnica en español o inglés; la circular no reproduce el requisito anterior completo.
Anuncia una modificación para que los soportes técnicos de ensayos y certificados sean subsanables; los documentos en idioma distinto del castellano o inglés deberán traducirse al castellano por personal competente y facultado.
RelajaQuita un control: Los ensayos y certificados técnicos permiten verificar el cumplimiento de las especificaciones del bien; al hacer subsanable su presentación se difiere ese control documental.
Pregunta 8 — ítems 6, 9 y 31Cantidades requeridas
La consulta señala diferencias entre las cantidades del pliego y las de la solicitud de compra.
La respuesta indica que rigen las cantidades de la solicitud de compra, el certificado de fondos y el portal de la DGCP, y que las cantidades del numeral 2.1 del pliego se corregirán mediante enmienda.