El documento contiene las especificaciones técnicas enmendadas del proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0028, convocado el 1 de septiembre de 2025, para dos lotes con presupuesto base total de RD$36,958,839.84. La primera enmienda, fechada el 2 de septiembre de 2025, modificó la experiencia exigida para el Lote 2. Las bases también establecen requisitos financieros y condiciones de pago que presentan puntos para revisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las condiciones de pago prevén una retención del 5% de cada pago como garantía de trabajos y salarios, y otra del 5% del costo de obra para pagar al personal técnico de inspección y supervisión. Conviene verificar en el contrato y las cubicaciones si se aplican acumulativamente o si una está comprendida en la otra.
“Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (CEIZTUR) podrá retener un cinco (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista… El Comité Ejecutor d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Para personas jurídicas, el apartado financiero exige liquidez de al menos 15% del presupuesto del lote tanto en la referencia comercial como en la bancaria; la tabla de evaluación presenta porcentajes de 5% y 15% para esos requisitos. La discrepancia deja incierto el umbral aplicable y puede cambiar la habilitación financiera de los oferentes.
“donde conste que posee a su favor una Hquidez que sume una cantidad igual o mayor a un 15% del total de la suma estimada para el lote en el que se encuentre participando … donde conste que posee a su favor una liquidez que sume una”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica, Lote 2Experiencia mínima como contratista
Acreditar experiencia acumulada mínima de dos años en obras similares concluidas.
Acreditar al menos una obra similar concluida, de monto individual o acumulado igual o superior a RD$8,536,049.55.
RelajaQuita un control: Se elimina el requisito de duración mínima de experiencia; se mantiene la comprobación de una obra concluida de escala económica equivalente al presupuesto del lote.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona