La ampliación aprobada no fija el nuevo plazo
· hace 1 año
La resolución aprueba ampliar el plazo, pero no indica cuántos días se conceden ni la nueva fecha límite, pese a que un perito sugirió 20 días. Esta indefinición dificulta identificar cuál calendario rige para los oferentes; el artículo 107 dispone que las enmiendas modifiquen el cronograma.
“PRIMERO: APROBAR la enmienda al cronograma de la Licitación Pública Nacional para la «contratación de despliegue de infraestructura para prestar servicios móviles a nivel nacional. Nomeclatura: INDOTEL-CCC-LPN- 2025-0002, tomando en cuenta ” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →