Apropiación certificada para una parte del valor total
· hace 1 año
El certificado acredita RD$5,860,000 frente al valor total de RD$30,000,000 que consigna para la obra; según el portal, el contrato adjudicado fue de RD$27,000,000. El documento limita expresamente la ejecución en ese período a RD$5,860,000, por lo que conviene verificar cómo se cubrió presupuestariamente el resto y cuándo se pagaría; una ejecución plurianual podría explicarlo.
“Contruccion del acceso vial sostenible para la estacion de transferencia Haina, por un valor de $30,000,000.00, de los cuales se ejecutara en este periodo un valor de $5,860,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →