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Pliego

Pliego Construccion acceso vial sostenible 29 8_ocred.pdf

"Construcción del acceso vial sostenible para la estación de transferencia en Haina, provincia San Cristóbal". · ECO5RD

Publicado el 1 sept de 202543 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ECORD-CCC-CP-2025-0010

Lo que dice

El pliego de septiembre de 2025 establece las bases de la comparación de precios ECORD-CCC-CP-2025-0010 para construir el acceso vial a la estación de transferencia en Haina, con presupuesto base de RD$30,000,000. La obra se plantea como lote único y dirigida a MIPYMES; el cronograma fija la recepción de ofertas para el 9 de septiembre de 2025. Entre las reglas evaluables figuran exigencias de experiencia profesional, exclusiones por compartir personal entre oferentes y varias retenciones en los pagos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$30 millones

Experiencia mínima exigida para puestos clave

Documento del 1 sept 2025 · hace 1 año

Para una obra que el propio pliego describe como no compleja, se exige que el director de obra demuestre al menos diez años de experiencia; también se requieren perfiles de personal clave con certificaciones de obras similares. Es una condición que merece revisión por su proporcionalidad con el objeto y el presupuesto del proyecto.

“En razón de que se trata de un proceso no complejo que no requiere elaboración de diseño ni planos, actuando de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, a la oferta técnica se evaluara cumple no cumple”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Retenciones de pago potencialmente acumulables

Documento del 1 sept 2025 · hace 1 año

El pliego prevé una retención del 5% como garantía y menciona además dos retenciones del 5% vinculadas a personal de supervisión, sin aclarar si se acumulan, cuál es su base de cálculo ni cómo se relacionan entre sí. La incertidumbre sobre las deducciones puede afectar la comparación de precios y el flujo de pagos del contratista.

“La Unidad Ejecutora ECO5RD podrá retener un (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista... La Unidad Ejecutora ECO5RD podrá retener, el 5% de retención de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión general por compartir profesionales entre oferentes

Documento del 1 sept 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que no se admitirán ofertas de empresas que tengan los mismos profesionales para ejecutar los trabajos, sin precisar excepciones ni un procedimiento para evaluar si la coincidencia afecta realmente la disponibilidad del personal. La regla puede excluir competidores por una coincidencia de personal, más allá de evaluar su capacidad para ejecutar el contrato.

“No serán admitida las ofertas de oferentes con la misma composición societaria, así como tampoco aquellos que posean los mismos profesionales para la ejecución de los trabajos, por violentar el principio de participación.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

Criterios financieros sin umbrales verificables expresos

Documento del 1 sept 2025 · hace 1 año

El pliego declara que la evaluación financiera debe validar la estabilidad del oferente, pero enumera documentos sin establecer indicadores, valores mínimos o una pauta de evaluación financiera que permita saber de antemano cómo se determinará el cumplimiento. Merece revisión para verificar que la evaluación pueda aplicarse de forma objetiva y uniforme.

“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. En tal sentido, el Oferente/Proponente debe acreditar su capacidad financi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (31)

  • Codigo de Pautas Eticas e Integridad.pdfDocumento · 1 sept de 2025
  • COMPROMISO ETICO PROVEEDORES.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • Declaracion Jurada de Origen y Licitud de Fondos.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F034 PRESENTACION DE OFERTA.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F035 SOPORTE TECNICO.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F036 EQUIPOS DEL OFERENTE.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F037 PERSONA DE PLANTILLA DEL OFERENTE.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F042 INFORMACION SOBRE EL OFERENTE.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F044 DESCRIPCION ENFOQUE Y METODOLOGIA.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F045 CURRICULUM DEL PERSONAL PROPUESTO.docxDocumento · 1 sept de 2025
  • F048 EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PERSONAL PRINCIPAL.docxDocumento · 1 sept de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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