El acta del 2025-08-04 aprueba la primera enmienda al pliego del proceso EGEHID-CCC-LPN-2025-0010. Aclara que la Ruta 27 (San Cristóbal–Central Jigüey) queda excluida y que se licitarán 26 rutas; además, hace no obligatoria la memoria USB, vuelve subsanables tres documentos de los choferes y desplaza del 12 al 14 de agosto de 2025 el inicio de la vigencia de la oferta y su garantía, manteniendo el vencimiento el 20 de octubre.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la verificación inicial de identidad de los choferes, habilitación para conducir y ausencia de antecedentes penales al permitir aportar esos documentos durante la subsanación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Especificaciones técnicas; número de rutasExclusión de la Ruta 27
Las especificaciones técnicas mencionaban 27 rutas, aunque el pliego establecía 26.
La Ruta 27 (San Cristóbal–Central Jigüey) se excluye y se consideran 26 rutas.
Aclara
Pliego, numeral 8.1; ofertas en formato papelMemoria USB
Se requería presentar una memoria USB con los archivos digitales de la oferta técnica.
La memoria USB queda como recomendación a criterio del participante y no es excluyente ni determinante para la evaluación o admisibilidad.
Relaja
Pliego, numeral 10.1; documentación de choferesSubsanabilidad de documentos
La documentación técnica, incluida la ficha de choferes, se identificaba como no subsanable.
La cédula, la licencia vigente categoría mínima 3 y la certificación de no antecedentes penales pasan a ser subsanables; la oferta técnica, fotos, matrículas, experiencia y currículos permanecen no subsanables.
RelajaQuita un control: Se debilita la verificación inicial de identidad de los choferes, habilitación para conducir y ausencia de antecedentes penales al permitir aportar esos documentos durante la subsanación.
Pliego; mantenimiento de oferta y garantía de seriedadFecha inicial de vigencia
La vigencia comenzaba el 12 de agosto de 2025 y vencía el 20 de octubre de 2025.
La vigencia comienza el 14 de agosto de 2025 y vence el 20 de octubre de 2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona