La certificación del 9 de junio de 2025 acredita una apropiación y reserva de cuota de compromiso por RD$43,456,200 para contratar servicios de transporte, y señala que se utilizará una Licitación Pública Nacional. El monto coincide con el estimado del proceso; el documento identifica la cuenta presupuestaria como «Aceites y Grasas» y limita la reserva al período abril-junio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La certificación identifica la cuenta como «Aceites y Grasas», aunque el objeto certificado es el transporte de personal. El monto coincide con el estimado del proceso, pero conviene verificar la clasificación presupuestaria y que la apropiación corresponda al objeto contratado.
“PROCESO: Contratación de Servicios de Transporte para los empleados de las Centrales Hidroeléctricas y Oficinas Administrativas de esta Empresa. … 2.3.7.1.05 | Aceites y Grasas | 43,456,200.00” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La certificación reserva la cuota de compromiso para abril-junio, mientras que los documentos del proceso describen un servicio de transporte por 12 meses. Debe verificarse que la disponibilidad y la programación presupuestaria cubran las obligaciones del período contractual completo; la referencia trimestral por sí sola no acredita insuficiencia.
“hace la reserva de la cuota de compromiso para el período (ABRIL-JUNIO) para la contratación que se especifica a continuación:” (pág. 1, escaneada)
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El documento indica que Esperanza De Oleo actúa en calidad de Directora, pero la identifica como Sub-Directora en la firma. Conviene verificar cuál era su cargo y si contaba con competencia o delegación para certificar los fondos.
“Yo, Esperanza De Oleo, en mi calidad de Director de Servicios Financieros de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana … Esperanza De Oleo Sub-Directora de Servicios Financieros” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona