El pliego establece las condiciones para adquirir artículos promocionales mediante licitación pública nacional, con evaluación cumple/no cumple y adjudicación por ítems al menor precio entre las ofertas habilitadas. Fija la recepción de ofertas hasta el 26 de agosto de 2025 y la apertura técnica para el 27 de agosto; el portal registra el proceso como cancelado, pero este documento no contiene una decisión de cancelación ni adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las especificaciones nombran Post-it® y PopSockets sin indicar «o equivalente». El artículo 73 del Reglamento 416-23 limita la mención de marcas, salvo excepciones; conviene verificar si existe justificación técnica o una alternativa que permita competir con productos equivalentes.
“Cubo Post-it® de papel blanco, + de 300 hojas adhesivas individuales o en coladas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego supedita el anticipo del 20 % a que la MIPYME lo solicite. El reglamento establece que las MIPYMES recibirán ese anticipo; conviene verificar cómo se aplicaría la cláusula frente a ese derecho y si condicionaría su acceso a liquidez durante la ejecución.
“en caso de que el adjudicatario sea una Micro, Pequeña y Mediana empresa (MIPYMES) la entidad contratante no podrá comprometerse a entregar, por concepto de avance, un anticipo por encima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato u”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 155 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES
Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Ekatex, SRLOferta registrada en el portal como cargada/en tratamiento; el monto figura en RD$0, sin que el contexto permita determinar si es una oferta económica válida.
Mencionado
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Mirha Solutions, SRLOferta registrada en el portal como cargada/en tratamiento; el monto figura en RD$0, sin que el contexto permita determinar si es una oferta económica válida.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona