Rectificación posterior a la adjudicación cambia valores técnicos descritos
· hace 1 año
El acta rectifica, después de la adjudicación, las descripciones de los transformadores en los informes y en el acta 128-2025: para el ítem 1, de 12,5Y72 a 12,8Y7,4 kV; para los ítems 2 y 3, de 12,5Y7,2 a 12,8Y7,4 kV. Aunque la institución lo califica como error material sin efecto en la evaluación, conviene verificar que las ofertas técnicas y los equipos adjudicados correspondan a los valores corregidos y que estos sean solo una rectificación de transcripción.
“TRANSFORMADOR DE POTENCIA 138-12,5Y72-10 kV 40-50MVA … TRANSFORMADOR DE POTENCIA 138-12,8Y7,4-10 kV 40-50MVA”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…