El Acta núm. 081-2025, de 2025-07-24, aprobó los informes de evaluación y adjudicó por ítems el proceso SNS-CCC-LPN-2025-0007 a Logicone, Cecomsa, Offitek y Uxmal Comercial, por un total de RD$31,753,098.56. La certificación presupuestaria que el acta identifica asciende a RD$7,601,000.00; además, el acta consigna fechas de recepción y apertura de ofertas económicas que no coinciden con las fechas fijadas en la Enmienda núm. 1 resumida en el expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las cuatro adjudicaciones suman RD$31,753,098.56, frente a la certificación de RD$7,601,000.00 identificada en el acta. El contrato se describe con duración de doce meses y el expediente refiere saldo sujeto al presupuesto de 2026, lo que podría explicar una ejecución plurianual; aun así, el acta no concilia el monto adjudicado con la certificación citada.
““por un monto de SIETE MILLONES SEISCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$(7,601,000.00).” … “los ítems 1,3,4 y 9 por un monto ascendiente VEINTISIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS DOMINICAN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Ley 340-06, art. 38 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
El acta consigna recepción de las ofertas económicas el 17 de junio y apertura el 10 de julio; la Enmienda núm. 1 resumida en el expediente fija la recepción del Sobre B para el 11 de julio y su apertura a las 10:01 a. m. Debe reconciliarse la secuencia documentada, pues la apertura que registra el acta precedería a la recepción fijada por la enmienda.
““Que en fecha diecisiete (17) del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025), desde las 09:00 a.m. hasta las 10:00 a.m., se procedió a la Recepción de Ofertas Técnicas “Sobre A” y Ofertas Económicas “Sobre B”” … “Que en fecha diez (10)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Oferentes que registra (16)
12 habilitado · 4 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Cecomsa, SRLAdjudicataria de los ítems 8 y 6; oferta total consignada de RD$36,555,267.87.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona