El Acta núm. 038/2025, de 2025-07-08, aprueba la evaluación económica y adjudica el lote 4 a TMQ Dominicana por RD$15,080,400 y los lotes 2 y 3 a Clermont Comercial por RD$62,976,500. También coloca a Clermont en segundo lugar para el lote 4 por RD$15,664,500 y declara desierto el lote 1 por no haber ofertas que cumplieran los requisitos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro presenta RD$78,640,001 como valor total de la oferta de Clermont y RD$78,641,000 como valor total de sus lotes habilitados, aunque en ambos casos indica que no hubo diferencia aritmética. La diferencia podría corresponder a un error de transcripción; conviene contrastarla con la oferta económica y el informe de evaluación.
“CLERMONT COMERCIAL, S.R.L. RNC. RPE. 6938 | Lote 2- SULFATO DE ALUMINIO GRADO A (790,500 kg) Lote 3- SULFATO DE ALUMINIO GRADO A (527,000 Kg) Lote 4- HIPOCLORITO DE CALCIO (45,000 Kg) | RDS78,640,001.00 | No se detectó diferencia aritmética”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 129 · Reglamento 416-23, art. 132 · con ChatLeyes
Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
La resolución adjudica el lote 4 como hipoclorito de calcio, pero el cuadro que identifica a Clermont en segundo lugar lo describe como sulfato de aluminio y 790,500 kg. La inconsistencia dificulta verificar sin aclaración documental a qué lote corresponde esa posición suplente.
“1 | CLERMONT COMERCIAL, S.R.L | RD$15,664,500.00 | Lote 4- Sulfato de Aluminio grado A (790,500 Kg) | 2do Lugar”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 132 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (7)
5 descalificado · 2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
TMQ Dominicana, S.A.Adjudicada para el lote 4; el acta consigna que cumplió las condiciones del pliego.
Adjudicado
Lote 4: hipoclorito de calcio, 45,000 kg
RD$15,080,400
Clermont Comercial, S.R.L.Adjudicada para los lotes 2 y 3. El acta también la coloca en segundo lugar para el lote 4, por RD$15,664,500.
Adjudicado
Lotes 2 y 3: sulfato de aluminio grado A
RD$62,976,500
C & L Market, S.R.L.El acta indica que su oferta fue rechazada por no cumplir con lo establecido en el pliego.
Descalificado
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Suplidora Hawaii, S.R.L.El acta indica que su oferta fue rechazada por no cumplir con lo establecido en el pliego.
Descalificado
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Empresas Integradas, S.A.S.El acta indica que su oferta fue rechazada por no cumplir con lo establecido en el pliego.
Descalificado
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Socam Dominicana, S.R.L.El acta indica que su oferta fue rechazada por no cumplir con lo establecido en el pliego.
Descalificado
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Foci, S.R.L.El acta indica que su oferta fue rechazada por no cumplir con lo establecido en el pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona