La Enmienda I modifica el cronograma de la Licitación Pública Nacional ETED-CCC-LPN-2025-0012, incluyendo el traslado de la recepción de ofertas del 16 al 25 de julio de 2025 y el ajuste de etapas posteriores. También cambia requisitos de documentación técnica y evaluación, declara no subsanable el plazo de entrega y modifica el cómputo de los 180 días, la vigencia de las ofertas y la garantía de seriedad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce la exigencia documental expresa de datos técnicos del catálogo sobre normas de fabricación y ensayos, evidencia que permitía contrastar la oferta con las especificaciones..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 8 — Cronograma de actividadesRecepción de ofertas y etapas posteriores
Recepción de ofertas prevista para el 16/07/2025; las etapas posteriores seguían el cronograma original.
La recepción se traslada al 25/07/2025 y se ajustan las fechas de las etapas posteriores.
Neutral
Términos de Referencia, numeral 18 — Tiempo de entregaSubsanabilidad del plazo de entrega
El plazo máximo de 180 días calendario desde el registro del contrato se calificaba como subsanable.
El mismo plazo se califica como no subsanable.
Aclara
Términos de Referencia, numeral 15 — Documentación de la oferta técnicaIdioma de los documentos
La documentación podía estar en español o inglés; la documentación en otro idioma debía traducirse al español.
La documentación debe estar en español y la que esté en otro idioma debe traducirse al español; los catálogos pueden estar en español o inglés, con traducción si corresponde.
Aclara
Sección II, numeral 11.1.2 y Sección I, numeral 12.1.3Documentación técnica y criterios de evaluación
Los catálogos debían incluir datos técnicos de la oferta con las normas de fabricación y ensayos indicados; la evaluación técnica listaba seis elementos.
Se suprime del requisito de catálogos la mención expresa a esos datos técnicos y se incorpora la carta de compromiso de disponibilidad de entrega como elemento de evaluación.
RelajaQuita un control: Se reduce la exigencia documental expresa de datos técnicos del catálogo sobre normas de fabricación y ensayos, evidencia que permitía contrastar la oferta con las especificaciones.
Sección I, numeral 7 — Entregables / cronogramaInicio del plazo de entrega
Los 180 días calendario se contaban desde el registro del contrato ante la Contraloría y el pago del anticipo.
Los 180 días calendario se cuentan desde el registro del contrato ante la Contraloría, sin mencionar el pago del anticipo como condición de inicio.
Endurece
Sección I, numeral 11.2 — Oferta económicaVigencia de la oferta y garantía de seriedad
La oferta debía estar vigente hasta el 16/12/2025 y la garantía hasta el 05/01/2026.
La oferta debe estar vigente como mínimo hasta el 28/11/2025 y la garantía hasta el 18/12/2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona