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Enmienda

ENMIENDA NO. 1.pdf

CONTRATACION DE HOSPEDAJE QUE SERAN UTILIZADOS POR LOS TECNICOS, JUECES, ARBITROS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO QUE ESTAN PARTICIPANDO EN LOS XI JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS NACIONALES SAN FRANCISCO 2025… · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 10 jul de 2025Fechado el 9 jul de 20256 páginasEn el mensaje «Enmienda No. 1»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0007

Lo que dice

La Enmienda I del proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0007 modifica el plazo de ejecución del hospedaje, requisitos y metodología de evaluación técnica, y condiciones de pago. Fija la prestación entre el 15 de septiembre y el 4 de octubre de 2025, establece certificaciones de servicios similares de los últimos seis meses (mínimo tres) y dispone un anticipo del 20%.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda relaja un control del pliego

Documento del 10 jul 2025 · hace 1 año

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Permite subsanar la documentación que acredita la experiencia en servicios similares, debilitando el control documental de esa capacidad en la presentación inicial..

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas

Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia reciente exigida: mínimo tres certificaciones en seis meses

Documento del 10 jul 2025 · hace 1 año

La enmienda fija un mínimo de tres certificaciones de servicios similares emitidas en los seis meses previos al lanzamiento. Para un servicio de hospedaje previsto por 20 días, este umbral de experiencia reciente merece revisión por su posible efecto restrictivo; la enmienda también permite subsanar esas certificaciones.

“Certificación de recibido conforme de servicios similares, emitida por empresas, públicas o privadas de los últimos 6 meses a partir de la fecha del lanzamiento de este proceso. (mínimo 3 ) [ subsanable]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

La enmienda mezcla documentos obligatorios con reglas de subsanación

Documento del 10 jul 2025 · hace 1 año

La metodología declara obligatorios todos los documentos técnicos para habilitarse, pero la propia tabla califica algunos como subsanables. La coexistencia de ambas instrucciones puede dar lugar a criterios dispares al decidir qué omisiones impiden la habilitación.

“todos los documentos referidos numeral 11.1.2 "documentación técnica" se convierten en habilitantes y obligatorios de la oferta y deberán ser cumplidos totalmente para que los oferentes puedan resultar habilitados para la segunda etapa…”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

ContextoHallazgo en documentos

Instrucciones de anticipo parcialmente redundantes

Documento del 10 jul 2025 · hace 1 año

La enmienda dispone primero un anticipo del 20% y luego vuelve a describir ese mismo porcentaje para adjudicatarios MIPYME, condicionado a solicitud y a que la institución pueda comprometerse a entregarlo. Aunque el primer párrafo parece fijar el anticipo para todos, la duplicidad deja incierto cómo se aplica la condición específica a las MIPYME.

“La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo , el cual será el cual será de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato…”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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Cambios que introduce (4)

SecciónAntesDespuésEfecto
Punto 6, Tiempo de Ejecución del ServicioFechas de ejecución del servicioEl texto anterior del punto no se reproduce en la enmienda.Ejecución dentro de los plazos secuenciales y finales de los pliegos y cronogramas aprobados; del 15 de septiembre al 4 de octubre de 2025.Aclara
Numeral 4 del punto 11.1.2, Documentación TécnicaPrueba de experiencia en servicios similaresEl requisito anterior no se reproduce en la enmienda.Certificación de recibido conforme de servicios similares de empresas públicas o privadas, emitida en los últimos seis meses; mínimo tres. La enmienda establece que esa documentación será subsanable.RelajaQuita un control: Permite subsanar la documentación que acredita la experiencia en servicios similares, debilitando el control documental de esa capacidad en la presentación inicial.
Punto 12.1.3, Metodología y criterios de evaluación de la documentación técnicaMétodo de evaluación y habilitación técnicaLa metodología y el texto previo del criterio no se reproducen en la enmienda.Evaluación Cumple/No cumple; los documentos del numeral 11.1.2 se consideran habilitantes y obligatorios para pasar a la apertura y evaluación económica. La tabla distingue documentos subsanables y no subsanables.Endurece
Punto 11, Condiciones de pago y retencionesAnticipo y pago del saldoLas condiciones de pago anteriores no se reproducen en la enmienda.Anticipo del 20% dentro de diez días de la suscripción del contrato, contra garantía y certificación; el 80% restante se paga tras la recepción del servicio y presentación de factura, dentro de treinta días hábiles.Aclara

Otros documentos del proceso (29)

  • Compromiso de Integridad Proveedores. V.02.docxDocumento · 26 may de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 26 may de 2025
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 26 may de 2025
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS (1).docDocumento · 26 may de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 26 may de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 26 may de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 26 may de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfInforme pericial · 5 jun de 2025
  • COMPROMISO ETICO_001.pdfDocumento · 5 jun de 2025
  • DICTMEN JURIDICO.pdfDocumento · 5 jun de 2025
  • ACTO ADM. APRUEBA PLIEGO.pdfPliego · 5 jun de 2025 · 2 señales
  • CONVOCATORIA.pdf

Sigue explorando · Dinero público

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 5 jun de 2025
  • INVITACION.pdfDocumento · 5 jun de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 5 jun de 2025 · 1 señal
  • Especificacines Tecnicas.xlsxDocumento · 5 jun de 2025
  • Pliego de Condiciones INEFI-CCC-LPN-2025-0007.pdfPliego · 5 jun de 2025 · 4 señales
  • PUBLICACIONES EN PERIODICOS LPN-0007.pdfDocumento · 26 jun de 2025
  • Circular No. 1.pdfCircular · 28 jul de 2025
  • ACTA DE HABILITACION.pdfInforme de evaluación · 31 jul de 2025
  • INFORME DEFINITIVO.pdfInforme de evaluación · 31 jul de 2025 · 3 señales
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