La Enmienda I del proceso INEFI-CCC-CP-2025-0026, fechada el 3 de julio de 2025, modifica el pliego respecto del plazo de entrega, las condiciones de pago y la presentación de ofertas en formato electrónico o papel. Establece entrega total en un máximo de siete días desde la certificación del contrato y prevé eliminar la adjudicación si vence ese plazo sin entrega. Para adjudicatarios MIPYMES contempla un anticipo de hasta el 20 % a solicitud, y permite presentar garantía de anticipo mediante póliza de seguro o garantía bancaria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el proceso está reservado a MIPYMES, la enmienda condiciona el anticipo a una solicitud y a que la entidad pueda comprometerse a otorgarlo. El artículo 168 del Reglamento 416-23 dispone que en adjudicaciones a MIPYMES las instituciones deberán entregar un avance inicial del 20 %, por lo que la redacción introduce discrecionalidad frente a esa regla.
“Cuando el adjudicatario esté calificado dentro de la calificación Micro, Pequeña o Mediana empresa (MIPYME), a solicitud del oferente adjudicatario, la Entidad Contratante podrá comprometerse a entregar, por concepto de avance, un porcentaj”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
La enmienda permite póliza de seguro o garantía bancaria para respaldar el anticipo en un proceso exclusivo para MIPYMES. El Reglamento 416-23 establece que para MIPYMES solo será exigida la fianza de seguro; conviene verificar cómo se aplicaría la alternativa bancaria prevista en el texto.
“contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
La enmienda fija siete días para la entrega total y dispone eliminar la adjudicación sin más trámite si no se cumple el plazo. Por tratarse de una compra mediante orden abierta reservada a MIPYMES, el plazo y la consecuencia automática ameritan revisión respecto de la capacidad de respuesta del sector y de la oportunidad de intimar al proveedor y valorar el incumplimiento antes de aplicar medidas.
“El Oferente Adjudicado debe entregar los bienes de forma total, en un plazo no mayor de siete (7) días contado a partir de la certificación de contrato... Los Adjudicatarios que, habiendo transcurrido este plazo, no hayan realizado la entre”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 158 · Reglamento 416-23, art. 185 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 158 — Razonabilidad de las condiciones exigidas
Artículo 158. Razonabilidad de las condiciones exigidas. Se respetará como principio general que los plazos y requisitos para la presentación de ofertas, entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, serán razonables de acuerdo con la capacidad de respuesta del sector, de manera tal que no se constituyan en una barrera que impidan o limiten su participación.
Artículo 185. Recepción. Las personas designadas serán responsables de recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados estarán sujetos a la conformidad de la recepción, una vez que se haya verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verificaran cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se deberá intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgando un plazo para los fines. Párrafo II. Si se verificara que los bienes, servicios o la obra correspondiente no cumplieran con lo solicitado se procederá al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días…
Numeral 6, pág. 6 del pliegoPlazo y consecuencia por falta de entrega
La enmienda no transcribe el texto anterior del numeral 6.
Entrega total en un plazo máximo de siete días desde la certificación del contrato; vencido el plazo sin entrega, elimina la adjudicación sin más trámite y prevé sanciones.
Endurece
Numeral 11, pág. 31 del pliegoAnticipo y pago a MIPYMES
La enmienda no transcribe el texto anterior de las condiciones de pago.
Para adjudicatarios MIPYMES, contempla, a solicitud del adjudicatario, un anticipo de hasta el 20 %; el 80 % restante se paga tras la entrega y presentación de factura. Para no MIPYMES indica pago total dentro de 30 días hábiles.
Relaja
Numeral 11, pág. 31 del pliegoForma de la garantía del anticipo
La enmienda no transcribe la forma de garantía anteriormente prevista.
Admite póliza de seguro o garantía bancaria por la totalidad del avance inicial.
Relaja
Forma de presentación de ofertas técnicas y económicasPresentación electrónica o en papel
La enmienda no transcribe el texto anterior sobre presentación en soporte digital.
Admite ofertas por el SECP o en papel; para ofertas en papel exige sobres separados y mantiene originales y copias. La copia digital USB es opcional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona