La Circular núm. 1, fechada el 3 de julio de 2025 para el proceso INEFI-CCC-CP-2025-0026, responde consultas sobre muestras, referencias, especificaciones de pintura, entregas, evaluación y garantía. Entre otras precisiones, limita las muestras a un cuarto y a los ítems 2 y 3, acepta referencias públicas o privadas, indica que las entregas serán a solicitud de la institución y enumera cuatro criterios de evaluación de las muestras.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular contesta que las entregas serán a solicitud de la institución, pero no fija aquí un plazo contado desde cada solicitud. Esto deja por aclarar cómo se coordina esa respuesta con la enmienda del proceso que, según el resumen del expediente, fija un máximo de siete días desde la certificación del contrato; puede ser necesario verificar cuál plazo rige para las entregas sucesivas.
“Respuesta: A solicitud de la institución.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La circular identifica cuatro factores de evaluación y señala que los peritos comprobarán la ficha técnica en áreas de necesidad, pero no detalla escalas, tolerancias ni un método de prueba. Conviene contrastarlo con el pliego y las fichas técnicas para verificar que la evaluación sea reproducible y se aplique de forma uniforme.
“Respuesta: Color, secado, cobertura, olor. Respuesta: Serán evaluadas por nuestros peritos en áreas de necesidad para confirmar ficha técnica de dicha pintura.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Consultas 1 y 2 — muestrasTamaño y renglones que requieren muestra
La consulta preguntaba si las muestras podían enviarse en galón, cubeta o un cuarto, y si correspondían solo a los ítems 2 y 3.
La respuesta fija la muestra en un cuarto (1/4) y confirma que solo se requieren muestras para los ítems 2 y 3.
Aclara
Consultas 3, 7 y 8 — experiencia y referenciasAdmisión de referencias de clientes públicos o privados
La consulta preguntaba si las cartas debían ser públicas y si la experiencia podía validarse con cualquier tipo de cliente.
Se aceptan cartas de referencia públicas o privadas y se confirma que la experiencia mínima de un año puede validarse con cualquier tipo de cliente.
Relaja
Consultas 4 a 6 — especificaciones y documentos técnicosUso exterior y documentación de las muestras
Las consultas pedían precisar el uso de la pintura y si se exigían certificaciones técnicas, ficha técnica y certificación del fabricante.
La pintura se destina solo a exteriores; la respuesta niega exigir una certificación técnica nacional o internacional, pero exige ficha técnica y certificación del fabricante junto con las muestras.
Aclara
Consultas 9 y 10 — logística de entregaMomento de las entregas y horario de recepción
La consulta preguntaba si la entrega debía completarse dentro de los siete días posteriores a la adjudicación o seguir un cronograma por etapas.
La circular responde que las entregas se harán a solicitud de la institución y que el horario de recepción es de 10:00 a. m. a 3:00 p. m.
Aclara
Consultas 11 y 12 — evaluación de muestrasFactores y forma de comprobación de las muestras
La consulta solicitaba conocer los criterios y si la evaluación sería visual o mediante pruebas de laboratorio.
Se enumeran color, secado, cobertura y olor; los peritos evaluarán en áreas de necesidad para confirmar la ficha técnica de la pintura.
Aclara
Consulta 13 — garantíaAlcance de la garantía de doce meses
La consulta preguntaba si la garantía cubría defectos de fábrica o también uso y durabilidad.
La respuesta indica que cubre que los productos sean de alta calidad y originales, e incluye las condiciones de uso y durabilidad como parte de esa calidad y originalidad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona