El pliego de junio de 2025 establece las condiciones de la comparación de precios INEFI-CCC-CP-2025-0026 para adquirir pintura mediante orden abierta, en un proceso exclusivo para MIPYMES. Fija un valor referencial de RD$5,557,416.50 y define requisitos de participación, evaluación, entrega y adjudicación por menor precio entre las ofertas técnicas habilitadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego considera prorrogada automáticamente la oferta si el oferente no manifiesta su negativa con cinco días hábiles de antelación. La Ley establece que la entidad puede solicitar una prórroga determinada y que el oferente puede rechazarla, por lo que la regla del pliego merece revisión por el efecto que puede tener sobre la vigencia de la oferta y su garantía.
“Si no manifiesta en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Oferta con una antelación mínima de (5) días hábiles al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por el mismo plazo original o el que fije la ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Para un procedimiento convocado en 2025, el pliego exige estados financieros y declaraciones fiscales de 2022 y 2023, sin incluir el ejercicio 2024. La antigüedad de la información utilizada para comprobar solvencia merece revisión, pues podría no reflejar la capacidad financiera vigente de los participantes; el reglamento dispone que las credenciales sean proporcionales al valor y complejidad del objeto.
“Estados Financieros de los dos últimos ejercicios contables consecutivos (año 2022 y 2023). Los Estados financieros, deben estar firmados y sellados en todas sus páginas, por una Firma de Auditores y Contadores Públicos Autorizados (CPA) ex”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego exige capacidad para distribuir a nivel nacional y en zonas costeras, pero el lugar de entrega indicado en la ficha es una única ubicación en Santo Domingo. La diferencia puede afectar la estimación de costos y las condiciones de participación, por lo que conviene verificar qué destinos y alcance logístico debían cotizarse.
“El suministro se entregará en el Almacén de la institución, INEFI, de la dotación indicada más abajo, según el plan de entrega que se indica a continuación. El Oferente/Proponente, deberá contar con el personal, los equipos y el transporte ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona