El Acto Administrativo núm. 53/2025, de fecha 2025-06-16, declara desierto y cancela el proceso SIE-CCC-LPN-2025-0003 —no el SIE-CCC-LPN-2025-0006 indicado en los datos del proceso— para contratar la auditoría de costos variables del SENI. Consigna que la única oferta económica abierta, de BEE Consultores, ascendía a RD$14,973,179.98 y fue considerada no conforme porque su garantía no indicaba ser incondicional, irrevocable y renovable; ordena relanzar la contratación y publicar el acto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto declara desierto el proceso porque la única oferta económica no cumplió la condición de su garantía, aunque esa oferta había sido habilitada técnicamente y se abrió su Sobre B. El artículo 136 enumera los supuestos para declarar desierto, incluido que ningún oferente cumpla los requisitos para habilitarse a la apertura económica; el acto también cancela el procedimiento invocando el artículo 24, por lo que conviene revisar la fundamentación diferenciada de ambas decisiones.
“En fecha tres (03) de junio del año dos mil veinticinco (2025), el Comité de Compras y Contrataciones de la Superintendencia de Electricidad (SIE), con la presencia de un Notario Público, procedió a dar formal apertura al “Sobre B” (Oferta ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · Ley 340-06, art. 24 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
ART. 24. Toda entidad contratante podrá cancelar o declarar desierto un proceso de compra o contratación mediante el dictado de un acto administrativo, antes de la adjudicación, siempre y cuando existan informes de carácter legal y técnico debidamente justificados. PÁRRAFO I. En el evento de declaratoria de desierto un proceso, la entidad podrá reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de propuestas que puede ser de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido, al cual pueden acudir los proponentes que adquirieron los pliegos de condiciones sin volver a pagarlos. PÁRRAFO II. Si en la reapertura, se produjese una segunda declaratoria de…
La evaluación muestra 20 puntos para la oferta económica y un total de 94 puntos, mientras también la marca «No Cumple» por la garantía. Aunque el acto recomienda no adjudicar y declara desierto el procedimiento, la coexistencia de puntaje y no conformidad amerita verificar cómo se aplicaron los criterios económicos del pliego.
“20.00 % No Cumple … 74.00 % 20.00 % A. Total de Puntaje 94.00 %”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 128 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Los datos del expediente suministrado identifican el proceso SIE-CCC-LPN-2025-0006, pero el acto declara desierto y cancela el SIE-CCC-LPN-2025-0003. La diferencia afecta a qué proceso y oferentes puede atribuirse esta decisión y conviene verificar la asociación documental.
“ACTO ADMINISTRATIVO /2025 DEL COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD QUE DECLARA DESIERTO Y CANCELA EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL”
BEE CONSULTORESSu oferta económica no cumplió porque la póliza de fianza no indicaba que era incondicional, irrevocable y renovable; el comité declaró desierto y canceló el procedimiento.
Descalificado
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RD$14,973,180
USAENE, SASEl acto indica que fue inhabilitado por no responder a las subsanaciones requeridas.
No habilitado
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GRUPO CANARIO, S.R.L.El acto indica que fue inhabilitado por no responder a las subsanaciones requeridas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona