El informe definitivo de evaluación técnica, emitido el 2025-06-30 para la licitación ADN-CCC-LPN-2025-0006, registra nueve oferentes. Recomienda habilitar a siete —Matserviconst únicamente para los ítems 11 y 12— y no habilitar a Comerdom ni a Constructora Hertec; la apertura económica quedaría para la etapa siguiente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra que Inversiones Yang no presentó el formulario SNCC.F.056, que el pliego señalaba como no subsanable, pero concluye que cumple técnicamente. Según el acta de adjudicación resumida en el expediente, posteriormente recibió adjudicaciones por RD$332,993.35; conviene verificar cómo se aplicó ese requisito en su oferta.
“Entrega de muestra | Formulario de entrega de muestra (SNCC.F.056)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Para Matserviconst el informe considera no aplicables las declaraciones fiscales de 2022-2023 por ser una empresa de creación reciente y concluye que cumple; para Hertec considera incumplido no subsanar el IR-2 de 2022 y la declara no habilitada. El informe no explica el distinto tratamiento de la misma exigencia del pliego; corresponde comprobar su fundamento y aplicación uniforme.
“Resultado de la evaluación financiera: El OFERENTE – MATSERVICONST, S.R.L. – RNC – RPE 123438 cumple la documentación financiera requerida. … Resultado de la evaluación financiera: El OFERENTE - CONSTRUCTORA HERTEC, S.R.L. - RNC”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Oferentes que registra (9)
7 habilitado · 2 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CAECOM, S.R.L.Cumple la evaluación individualizada legal, financiera y técnica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona